Información pública de ordenanzas fiscales

Ficha de esta disposición

Título:
Información pública de ordenanzas fiscales
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOCM 263
Fecha Disposición:
04/11/2008
Fecha Publicación:
04/11/2008
Órgano Emisor:
RIVAS-VACIAMADRID
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda la modificación y aprobación de las ordenanzas fiscales reguladoras siguientes:

1. Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de los tributos municipales y otros ingresos de derecho público (artículos 24, 25, 26, 27, 28 y 62 bis).

2. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles (artículos 6 y 8).

3. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (artículo 5).

4. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (artículo 4).

5. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la gestión de residuos sólidos urbanos (artículos 6 y 7).

6. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencia de actividades (artículos 2 y 7).

7. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales del suelo, vuelo o subsuelo del dominio público (artículo 9).

8. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la retirada de la vía pública y depósito de vehículos y otros objetos (artículo 5).

9. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública, a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil.

Todas ellas aprobadas, con carácter provisional, por esta Corporación en sesión plenaria de fecha 30 de octubre de 2008, y surtirán efectos a partir del día siguiente de su publicación definitiva.

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo, junto con la nueva redacción de las ordenanzas modificadas o suprimidas, se expondrán al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará, además, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar el plazo para presentar reclamaciones a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la última publicación por los mencionados medios.

En Rivas-Vaciamadrid, a 30 de octubre de 2007. El alcaldepresidente, José Masa Díaz.

(03/30.665/08)