Edicto del Ayuntamiento de Godelleta sobre aprobación de padrones fiscales por los conceptos tributarios siguientes: Tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua potable; tasa por reserva de nichos en el Cementerio Municipal, y tasa por reserva para la entrada de vehículos a través de las aceras de la vía pública, vados

Ficha de esta disposición

Título:
Edicto del Ayuntamiento de Godelleta sobre aprobación de padrones fiscales por los conceptos tributarios siguientes: Tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua potable; tasa por reserva de nichos en el Cementerio Municipal, y tasa por reserva para la entrada de vehículos a través de las aceras de la vía pública, vados
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOP-VALENCIA 35
Fecha Publicación:
10/02/2012
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE GODELLETA
EDICTO

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 01/02/2012 los padrones fiscales correspondientes a los ejercicios de 2011-2012 por los conceptos, periodos e importes que se detallan a continuación:

1º.- Tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua pota-ble, correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2011, por impor-te de CINCUENTA Y UN MIL CATORCE UROS (51.014'00 ).

2º.- Tasa por reserva de nichos en el Cementerio Municipal, correspondiente al ejercicio 2011, por importe de MIL NOVECIENTOS CUATRO CON TREINTA Y CINCO UROS (1.904'35 ), y 3º.- Tasa por reserva para la entrada de vehículos a través de las aceras de la vía pública (vados), correspondiente al ejercicio 2012, por importe de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS UROS (8.752'00 ), se exponen al público a los efectos de notificación colectiva prevista en el art. 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por un plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual podrán los interesados examinar los mencionados padrones en las Oficinas Municipales y, en su caso, formular las alegaciones y/o reclamaciones que estimen oportunas.

PERIODO VOLUNTARIO: El periodo de cobranza en voluntaria se establece por veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

LUGAR DE PAGO: Mediante el pago directo o transferencia bancaria en Cajamar, Caja Rural (Of. Godelleta), en la cuenta nº 3058/7064/90/2732000072, o bien en Caja Rural de Cheste (Of. Godelleta), en la cuenta nº 3121/0005/77/2020364523.

PERIODO EJECUTIVO: Finalizado el periodo en voluntaria para el pago, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengarán el recargo de apremio y los intereses de demora hasta su pago y, en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 160 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 70 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

En Godelleta, a 1 de febrero de 2012.-El alcalde, Salvador Enrique Marín Clemente.

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