Edicto de notificación de aprobación inicial del proyecto de compensación sector Viacampo Residencial

Ficha de esta disposición

Título:
Edicto de notificación de aprobación inicial del proyecto de compensación sector Viacampo Residencial
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOR 17
Fecha Publicación:
08/02/2012
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE CALAHORRA
Desconociéndose el titular de la parcela catastral 216 del Pº 39, así como el domicilio de D. Juan y Dña. Rocio Jiménez Jiménez titulares de la parcela catastral 26036A044000280000AA, ambas incluidas en el ámbito del Sector "Viacampo Residencial", se les pone en conocimiento para que conste y sirva de notificación, en cumplimiento de lo prevenido en el Art. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, de 26 de noviembre de 1.992, la siguiente resolución de Alcaldía de fecha 26 de enero de 2.012:

"Visto el Proyecto de Compensación del Sector S-3 "Viacampo Residencial", promovido por la Junta de Compensación del referido Sector, presentado con fecha 14 de diciembre de 2.011, nº de registro general de entrada 2011015610 y redactado por el arquitecto D. Jesús Ramos Martínez.

Vistos los informes técnicos y jurídico emitidos al respecto por el Área de Urbanismo.

Vista la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, el Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y demás legislación de general aplicación.

La Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que le confiere la vigente legislación, resuelve:

Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Compensación del Sector S-3 "Viacampo Residencial" del Plan General Municipal de Calahorra, presentado con fecha 14 de diciembre de 2.011 por el Presidente de la Junta de Compensación de dicho Sector y redactado por el Arquitecto D. Jesús Ramos Martínez, con el siguiente condicionado:

La valoración debe referirse a la fecha de iniciación del procedimiento de aprobación del instrumento que las motive, según el Art. 21.2.a del RDL 2/2008, por lo que deberá ser actualizado el IPC a dicho momento.

Si alegasen en el período de información pública propietarios adjudicatarios en pro indiviso con derecho a la parcela mínima establecida en el plan Parcial se les deberá adjudicar la correspondiente parcela, excluyéndoseles del pro indiviso.

Se deben tener en cuenta en el coste de las obras de urbanización las obras ejecutadas por el Ayuntamiento en Avda. de Valvanera por no ser contrarias al Planeamiento vigente, igualmente en los costes de redacción de proyectos se deberán incluir los costes derivados de la redacción y aprobación del Plan Parcial del Sector realizados por el Ayuntamiento.

Deberá rectificarse el documento B) de dicho Proyecto, sustituyendo en las fichas de las parcelas aportadas la mención "Afección por Sector Cidacos", por la referencia al Sector "Viacampo Residencial".

Segundo.- Someter el Proyecto de Compensación del Sector S-3 "Viacampo Residencial" a información pública para presentación de alegaciones durante el plazo de un mes, a través de los oportunos anuncios que se inserten en el Boletín Oficial de La Rioja, el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de la provincia con difusión corriente en la localidad, así como por medios telemáticos.

Tercero.- Notificar personalmente e individualmente este acuerdo a todos los propietarios y titulares de derechos sobre los terrenos afectados por el Proyecto de Compensación del Sector S-3 "Viacampo Residencial", para que durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, puedan consultar y examinar el Proyecto de Compensación aprobado inicialmente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al Ministerio Fiscal al objeto de la defensa de los intereses de los titulares de la finca aportada nº 426 del Proyecto (parcela catastral 28 del polígono 44 y finca registral nº 9474), D. Juan Jiménez Jiménez y Dña. Rocio Jiménez Jiménez, que se encuentran en ignorado paradero, de conformidad con el artículo 10,2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las Normas Complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

Quinto.- Requerir al titular de la Parcela aportada nº 351 del Proyecto de Compensación la aportación de los títulos acreditativos de la propiedad de la misma, y su inscripción en el Registro de la Propiedad de Calahorra, previamente a la aprobación definitiva del citado Proyecto, a fin de resolver la discrepancia existente respecto de su titularidad, asumiendo entretanto elAyuntamiento la representación de los derechos e intereses de esta titularidad, a efectos de la tramitación del expediente.

Calahorra, a 2 de febrero de 2012.- El Alcalde, Fco. Javier Pagola Sáenz.