HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Barbate:
Ver Anexo
Antes de que transcurran 30 días naturales desde la publicación del presente edicto, podrán beneficiarse de una reducción del 30% de la cuantía de la multa haciendo efectivo el importe reducido de la misma mediante transferencia o ingreso a nombre del Ayuntamiento de Barbate, en cualquier sucursal de LA CAIXA, c/c nº 2100 4159 42 2200030814 indicando el Nº EXPEDIENTE.
De acuerdo con lo establecido en el art. 72 del RD 339/1990 sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial como titular del vehículo denunciado tiene un plazo de 15 días hábiles desde la publicación del presente edicto para identificar al conductor responsable de la presunta infracción, indicando el NOMBRE, DOMICILIO, Y DNI, mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. AlcaldePresidente en las oficinas del SPRyGT sita en C/Camilo José Cela nº 8, de Barbate.
Si se trata de empresas de alquiler sin conductor a corto plazo se deberá aportar también copia del contrato de arrendamiento suscrito.
EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN CONLLEVARÁ LA COMISIÓN DE UNA INFRACCIÓN CALIFICADA COMO MUY GRAVE QUE SERÁ SANCIONADA CON MULTA DE 301 A 1.500 EUROS.
Barbate, a veintinueve de enero de 2008.
Nº 2.252
