Edicto de notificación de denuncias de tráfico a infractores a los que no ha sido posible efectuársela (arts. 59.4 y 61 de la ley 30/92)

Ficha de esta disposición

Título:
Edicto de notificación de denuncias de tráfico a infractores a los que no ha sido posible efectuársela (arts. 59.4 y 61 de la ley 30/92)
Nº de Disposición:
30/92
Boletín Oficial:
BOP-CADIZ 41
Fecha Disposición:
03/03/2008
Fecha Publicación:
03/03/2008
Órgano Emisor:
DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Don MIGUEL ANGEL MAJÁN BAENA, Jefe de la Oficina de Recaudación de CHIPIONA. ZONA DE SANLUCAR DE BARRAMEDA. HACE SABER: Que los sujetos pasivos que a continuación se relacionan figuran como denunciados por infracciones a la normativa de tráfico vial urbano de Sanlucar de Barrameda:

Ver Anexo

En el caso de que no fueran conductores responsables de la infracción deberán comunicarlo en el plazo de 15 DIAS indicando el nombre, domicilio y NIF del conductor del vehículo. Asimismo se les informa de que tiene un plazo de 15 DIAS hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este Edicto para presentar alegaciones dirigidas al Ilmo. Sr. AlcaldesaPresidenta, en el Registro General del Ayuntamiento de Sanlucar.

Antes de que transcurran 30 días naturales desde la publicación del presente edicto, podrán beneficiarse de una reducción del 30% de la cuantía de la multa haciendo efectivo el importe reducido de la misma mediante transferencia o ingreso a nombre del Ayuntamiento de Sanlucar en cualquier sucursal de LA CAIXA, c/c nº 2100 2652 73 0210052328, indicando el Nº EXPEDIENTE. De no efectuar alegaciones ni hacer efectivo el importe de la sanción propuesta, la presente iniciación del Procedimiento Sancionador será considerada Propuesta de Resolución.

Sanlucar, a veintiuno de febrero de 2008. Nº 2.250