Se hace constar que la resolución objeto de notificación por la que se desestima la devolución de cuotas se encuentra a disposición del interesado en estas dependencias, donde podrá comparecer para su íntegro conocimiento.
BRAVO SANCHEZ M ª. JOSE 181003300305 ClSeñorío de Gudino, 26 06/2005 Urb. Vega de Salamanca 37185 VILLAMAYOR
Frente a la presente Resolución, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con el artículo 183 del Real decreto 1637/1995 y la Disposición Adicional 5.2 de la Orden Ministerial de 26 de mayo de 1999 (B. O. E. del día 4 de junio), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B. O. E. del día 27).
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone la letra a) del citado artículo 183.1. Lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, antes citada.
LA DIRECTORA DE LA ADMINISTRACIÓN, Manuel Fernández Alonso.
