- Tasa por tendidos, tuberías y galerías para las conducciones de energía eléctrica, aguas, gas o cualquier otro fluido incluidos los postes para líneas, cables, palomillas, cajas de amarre, de distribución o de registro, transformadores, rieles, básculas, aparatos para venta automática y otros análogos que se establezcan sobre vías públicas u otros terrenos de dominio público local o vuelen sobre los mismos.
Lo que se expone al publico por espacio de treinta(30) días, a efectos de presentación de reclamaciones, entendiéndose definitivamente aprobado, si no se presentan éstas; todo ello a tenor de lo establecido 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales.
Pedralba, a 28 de julio de 2008.-El alcalde.
2008/19311
