"Decreto: Ourense, 7 de febrero de 2012 Ante las necesidades de agilizar el procedimiento de determinados actos administrativos de carácter reglado en materia de ejecuciones presupuestarias, y teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 34.2 de la Ley de Bases del Régimen Local, 63 y 64 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), así como en las bases 34ª y 35ª de ejecución del vigente presupuesto, dispongo:
1º.- Delegar en el vicepresidente de la Diputación Provincial, don Rosendo Luis Fernández Fernández, el ejercicio de las siguientes atribuciones propias de la Presidencia:
a) El reconocimiento y liquidación de obligaciones.
b) La ordenación de pagos de obligaciones reconocidas previamente.
2º.- El ejercicio de las atribuciones delegadas se llevará a cabo con estricta sujeción a la normativa vigente, y, en particular, a lo dispuesto en las bases 34ª y 35ª de ejecución del presupuesto.
3º.- Las delegaciones conferidas producirán efectos a partir del día 8 de febrero de 2012, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
4º.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del contenido de esta resolución, de la que, además, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar".
Ourense, 7 de febrero de 2012. El presidente. Fdo.: José Manuel Baltar Blanco.
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