Norma Vigente

DECLARACIÓN del Gobierno español relativa al artículo 41 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1996

Ficha de esta disposición

Título:
DECLARACIÓN del Gobierno español relativa al artículo 41 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1996
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 290/2001
Fecha Disposición:
04/12/2001
Fecha Publicación:
04/12/2001
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
DECLARACIÓN del Gobierno español relativa al artículo 41 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1996.

DECLARACIÓN DEL GOBIERNO ESPAÑOL RELATIVA AL ARTÍCULO 41 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILESY POLÍTICOS, ADOPTADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE DICIEMBRE DE 1996

"El Gobierno español declara, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 41 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconoce la competencia del Comité de Derechos Humanos para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado Parte alegue que otro Estado Parte no cumple las obligaciones que le impone este Pacto."

Madrid, 24 de febrero de 1998.-El Ministro de Asuntos Exteriores, Abel Matutes Juan.

La referida Declaración surte efecto a partir del 11 de marzo de 1998, fecha de su depósito ante el Secretario General de las Naciones Unidas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 20 de noviembre de 2001.-El Secretario General Técnico, Julio Núñez Montesinos.