Norma Vigente

CORRECCIÓN de errores en la Resolución de 2 de abril de 2008, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a fomentar la creación de centros y servicios, o a mejorar los ya existentes, que sean de titularidad municipal, cuyos cometidos consistan en la prestación de atención específica a las mujeres y en el desarrollo de actividades encaminadas a conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

Ficha de esta disposición

Título:
CORRECCIÓN de errores en la Resolución de 2 de abril de 2008, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a fomentar la creación de centros y servicios, o a mejorar los ya existentes, que sean de titularidad municipal, cuyos cometidos consistan en la prestación de atención específica a las mujeres y en el desarrollo de actividades encaminadas a conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOE 116/2008
Fecha Disposición:
31/07/2009
Fecha Publicación:
13/05/2008
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Advertido error en el texto de la Resolución de 2 de abril de 2008, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a fomentar la creación de centros y servicios, o a mejorar los ya existentes, que sean de titularidad municipal, cuyos cometidos consistan en la prestación de atención específica a las mujeres y en el desarrollo de actividades encaminadas a conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, publicada en el BOE número 104, de 30 de abril, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones en la página 22248:

En el apartado noveno, a), donde dice: «... y, en todo caso, antes del 30 de octubre de 2009»; debe decir: «... y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2009».

En el apartado noveno, b), donde dice: «... en el plazo de un mes, a partir de la finalización de las actuaciones previstas, y, en todo caso, antes del 31 de junio de 2009»; debe decir: «... en el plazo de un mes, a partir de la finalización de las actuaciones previstas, y, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2009».

En el apartado noveno, c), donde dice: «.y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2009.»; debe decir: «... y, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2009...».