Norma Vigente

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

Ficha de esta disposición

Título:
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Estado:
Vigente
Nº de Disposición:
1189/2011
Boletín Oficial:
BOE 297/2011
Fecha Disposición:
19/08/2011
Fecha Publicación:
10/12/2011
Órgano Emisor:
Ministerio de la Presidencia
Advertidos errores en el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes previos al planeamiento de infraestructuras aeronáuticas, establecimiento, modificación y apertura al tráfico de aeródromos autonómicos, y se modifica el Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas y el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de agosto de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 93497, quinto párrafo, segunda línea, donde dice: «(...) control del espacio aéreo y tráfico aéreo (...)», debe decir: «(...) control del espacio aéreo y tránsito aéreo (...)».

En la página 93497, sexto párrafo, primera línea, donde dice: «(...) control del espacio aéreo y tráfico aéreo (...)», debe decir: «(...) control del espacio aéreo y tránsito aéreo (...)».

En la página 93502, artículo 9, letra b), al final del apartado 2.º, donde dice: «(...) sistemas de comunicaciones, navegación y vigilancia.», debe decir: «(...) sistemas de comunicaciones, navegación y vigilancia (CNS).».

En la página 93502, artículo 10.2, letra c), primera línea, donde dice: «estructuras previstas de espacio aéreo asociado al aeródromo, (...)», debe decir: «(...) estructuras previstas de espacio aéreo asociadas al aeródromo, (...)».

En la página 93503, artículo 12, letra a), 1.º, donde dice: «(...) según coordenadas del punto de referencia y tipo (...)», debe decir: «(...) según coordenadas geográficas WGS-84 de su punto de referencia de aeródromo (ARP) y tipo (...)».

En la página 93506, artículo 21.3, tercer párrafo, al principio de la cuarta línea, donde dice: «(...) informe por el tiempo que medie (...)», debe decir: «(...) informe o certificado por el tiempo que medie (...)».

En la página 93506, artículo 22.2, al final de la letra a), donde dice: «(...) la actuación informada.», debe decir: «(...) la actuación informada o certificada.».

En la página 93511, en la redacción que la disposición final primera.Siete da al artículo 3.g) del Reglamento de certificación y verificación de aeropuertos y otros aeródromos de uso público, cuarta línea, donde dice: «(...) permite comprobar que un la infraestructura aeroportuaria (...)», debe decir: «(...) permite comprobar que la infraestructura aeroportuaria (...)».

En la página 93527, en la redacción que la disposición final segunda.Dos, da al nuevo apartado 2 del artículo 27 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, tercer párrafo, tercera línea, donde dice: «(...) la documentación a que se refiere el apartado segundo, (...), debe decir: «(...) la documentación a que se refiere el párrafo segundo, (...)».

En la página 93530, apartado 1.1, primer guión, al final de la tercera línea, donde dice: «(...) coordenadas geográficas de su punto de referencia en el sistema WGS-84.», debe decir: «(...) coordenadas geográficas de su punto de referencia de aeródromo (ARP) en el sistema WGS-84».