Donde dice:
Artículo 11. - Tarifas.
11.2. Tasa por suministro de agua para todos los usos:
- Cuota anual de 25 euros.
- 1 euro m 3,salvo los meses en los que exista excedente de agua, en los cuales no se facturará este importe.
El acuerdo relativo a la excedencia de agua será adoptado por la Junta Vecinal.
Debe decir:
Artículo 11. - Tarifas.
11.2. Tasa por suministro de agua para todos los usos:
- Cuota anual de 25 euros.
- 1 euro y cincuenta céntimos m 3,salvo los meses en los que exista excedente de agua, en los cuales no se facturará este importe.
El acuerdo relativo a la excedencia de agua será adoptado por la Junta Vecinal.
En Céspedes, a 18 de enero de 2012.
La Alcaldesa Pedánea, Inmaculada Gonzalo Santamaría
