El artículo 56 de la ley 30/2003. de 26 de marzo de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares establece que la rectificación de los errores materiales i de hecho en actos i disposiciones administrativas corresponden al órgano que haya dictado el acto o la disposi ción.
Por todo esto, dicto la siguiente:
Aprobar la rectificación de errores cometidos en la Resolución indicada que se detallan a continuación:
1. Línea 2 del apartado primero
Donde dice:
()y sustituir calderas para calefacción
Debe decir:
()y sustituir emisores térmicos de efecto Joule, calderas para calefac ción
2. Línea 1 del apartado cuarto punto 1
Donde dice:
()las sustituciones de calderas
Debe decir:
()las sustituciones de emisores térmicos de efecto Joule, calderas
Palma, 18 de junio de 2009
La Consejera de Comercio, Industria y Energía Francesca Vives i Amer
