HACE SABER Que habiendo resultado infructuosa la notificación por carta certificada con acuse de recibo, se procede de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B. O. E. 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a comunicar que se han adoptado resoluciones declarando la confirmación de modificación de fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que figuran en la relación adjunta.
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art. 10 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, modificado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (BOE 27/02/96), por el que se aprueba el Reglamento General de inscripción de empresas y afiliación altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
Art. 18 de la Orden de 28/10/66 (BOE de 30/12/66) Art. 13 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE 20/06/94).
Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Real Decreto 1314/1984 de 20 de junio, (BOE de 11 de julio) que regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B. O. E. Del día 27).
Palma de Mallorca, 23 de marzo de 2009 El Director de la Administración 07/02, José Francisco Medina Calvo
ANEXO TRABAJADOR: JACQUELINE PAMELA HARMAN NAF: 071045898643
El 13/03/08 presentó en esta Administración escrito en el que indicaba que el 01/04/07 tramitó su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al pasar a realizar las funciones de administración de la entidad mercantil TRITON TRIA, S. L. con CIF B57341588, con el 33% de participaciones.
Con anterioridad a esta fecha las funciones de Administración eran realizadas por D. Konstantinos Kaisaris, NIE X4576984F, que fue administrador solidario hasta el 17/04/07.
Aporta la escritura de constitución de dicha sociedad y la escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 17/04/07 de cambio de administrador.
Dice que desde 01/04/07 ha venido realizando las funciones de administrador habiendo pagado sus cuotas de autónomo y que, a pesar de lo anterior, ha recibido notificación de requerimiento de bienes de la URE 07/02 por deuda de 3.275,65 . Puesta en contacto con la Seguridad Social se le informó verbalmente de que la fecha de efectos de su alta se retrotrajo, de oficio, a 01/04/06, sin explicarle el motivo.
Por lo que solicita la regularización de de su alta en RETA a 01/04/07 y la anulación de la deuda reclamada.
En base a los siguientes
HECHOS:
De la documentación que consta en el expediente, así como la que aporta en su escrito, se constata lo siguiente:
La escritura de elevación a público de acuerdos sociales nº 1497 del Notario D. Álvaro Delgado Truyols detalla que usted interviene como Administrador Único de la entidad mercantil TRITON TRIA, S. L., actuando en el ejercicio de su cargo, para el que fue nombrada en virtud de los acuerdos adoptados por la Junta Universal de Socios de la entidad de fecha 31/07/06 que se elevan a público y que constan en la certificación expedida el 01/08/06 por la Administradora Única, la Sra. Harman, estando asimismo firmada por los Administradores solidarios salientes.
Dado que desde el 31/07/06 es Administradora Única de la sociedad, el 15/06/07, de oficio, se modificó su fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a fecha real 01/07/06 y efectos 01/05/07 habiéndosele notificado con acuse de recibo primero al domicilio indicado en el documento del alta, y que fue devuelta por correos por ausente y posteriormente a la sociedad constando su recepción el 20/07/07.
En su expediente hemos observado la ausencia del trámite de audiencia, lo cual subsanamos a través del presente escrito, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 56 del vigente Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, Real Decreto 84/1996 de 26 de enero (BOE del 27/02) se le notifica como interesado, ante la revisión de oficio de su solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con fecha 01/04/07 como Administrador Único comunero de TRITON TRIA, S. L. con CIF B57341588, que según en la documentación presentada y la obrante en esta Administración, debe estar de alta en dicho régimen desde 01/07/06.
Ha finalizado el plazo de diez días para alegar y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes ante esta Administración que suscribe, sin que hecho ninguna aportación al expediente por lo que damos finalizado el trámite de audiencia.
Esta Administración de la Seguridad Social RESUELVE: Confirmar nuestra resolución del 15/06/07 por la que se modificó su fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a fecha real 01/07/06 y efectos 01/05/07.
