Comunicación de resoluciones denegando los cambios de entidad de cobertura de la incapacidad temporal, devueltas por los Servicios de Correos

Ficha de esta disposición

Título:
Comunicación de resoluciones denegando los cambios de entidad de cobertura de la incapacidad temporal, devueltas por los Servicios de Correos
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOIB 52
Fecha Disposición:
09/04/2009
Fecha Publicación:
09/04/2009
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
D.José Francisco Medina Calvo Director de la Administración 07/02 de la Seguridad Social de Palma de Mallorca.

HACE SABER: Que habiendo resultado infructuosa la notificación por carta certificada con acuse de recibo, se procede de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (B. O. E. 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a comunicar que se han adoptado la resolución que se adjunta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO: Artículo 75.1 del Reglamento sobre Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre (B. O. E. del 12).

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B. O. E. Del día 27).

Palma de Mallorca, 23 de marzo de 2009 El Director de la Administración 07/

02. José Francisco Medina Calvo

ANEXO. REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS TRABAJADOR: ANTONIO CANO FERNANDEZ NAF: 070029361947

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: MARIA CARMEN DAMA SIEVERS NAF: 070036733341

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S

TRABAJADOR: JUAN ANTONIO FORTEZA BELTRAN NAF: 070038752557

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 151 ASEPEYO

TRABAJADOR: JERONIMO LLULL FERRER NAF: 070045050079

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: BARTOLOME JULIA FRAU NAF: 070050302025

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 010 M. UNIVERSAL MUGENAT

TRABAJADOR: EMILIO FERNANDEZ SANTIAGO NAF: 180056901927

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 010 M. UNIVERSAL MUGENAT

TRABAJADOR: JOSE ESCALAS SASTRE NAF: 070058448813

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: JESUS FRANCISCO ESCOBAR RUIZ NAF: 070058488926

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 183 MUTUA BALEAR

TRABAJADOR: JUAN BORDOY SERRA NAF: 070060074470

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 001 M. MIDAT CYCLOPS

TRABAJADOR: ANTONIO GRAU MATAS NAF: 070061091657

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: MARIA PILAR LOMBARDO ROMAN NAF: 070062922634

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: JUANA CERDA MULET NAF: 070064346009

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: ENCARNACION IGLESIAS RIVERA NAF: 070066574985

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 010 M. UNIVERSAL MUGENAT

TRABAJADOR: VICENTE BARTOLOME MARTORELL BUADES NAF: 070068796487

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 183 MUTUA BALEAR

TRABAJADOR: JUAN COLL SASTRE NAF: 070070375870

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: MARGARITA MARTIN SUAZO NAF: 070072036691

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: BRUNO JOSEF ELSER NAF: 070072063670

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo

75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: ESPERANZA BARRANQUERO CASTILLO NAF: 070077163951

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: MANUEL ORTIZ HERNANDEZ NAF: 070080404559

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 183 MUTUA BALEAR

TRABAJADOR: AMADOR ANDEBUENA MANRESA NAF: 070081313531

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: JUAN CARLOS ESCUDERO GOMEZ NAF: 070082684362

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 001 M. MIDAT CYCLOPS

TRABAJADOR: IGNACIO MESA PAREJA NAF: 070082796419

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: PETRA LLORENS MARI NAF: 070085898092

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 183 MUTUA BALEAR

TRABAJADOR: ANA PAULA DE OLIVEIRA MOREIRA

NAF: 080506183917 Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 061 FREMAP

TRABAJADOR: DAVID QUETGLAS TORTOSA NAF: 071001887925

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 183 MUTUA BALEAR

TRABAJADOR: GOMEZ MARTINEZ MANUEL NAF: 071005128331

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 061 FREMAP

TRABAJADOR: JACKY GUY RAMBAUD NAF: 071008144526

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 777 I. N. S. S.

TRABAJADOR: ALESSIO CARTA NAF: 081179754381

Por la causa que se indica a continuación: No reunir el requisito de encontrarse el trabajador al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.1 del Reglamento de Colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

Manteniéndose la cobertura del riesgo con la Mutua de AT y EP: 039 MUTUA INTERCOMARCAL