Parte dispositiva
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Verónica Ferrandis Antonanz frente a Julián y Pilar, S.C., Julián Barrio Hernáez, Pilar Rodríguez Atienza, parte ejecutada.
Notifíquese a las partes.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el Art. 556 de la LEC y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
Así lo acuerda y firma SSª el/la Magistrado/a Juez.- Doy fe, el/la Secretario/a Judicial.
Diligencia de Ordenación.
Secretaria Judicial Sra Dña. Mª Olga Revuelto Ruiz
En Logroño, a veintitrés de diciembre de dos mil once.
Habiendo presentado el/los trabajador/es Verónica Ferrandis Antonanz demanda de ejecución exigiendo el cumplimiento por el empresario Julián y Pilar, S.C., Julián Barrio Hernáez, Pilar Rodríguez Atienza de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de Sentencia nº 423/11, de 13/10/11, de conformidad al Art. 280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 30/1/2012 a las 12:15 para la celebración de la comparecencia
. De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Diligencia de ordenación
Secretaria Judicial Sra Dña. Elena Sancho Lumbreras
En Logroño, a veintisiete de enero de dos mil doce.
Recibido/s devuelto/s por el Servicio de Correos y Telégrafos el/los sobre/s remitido/s por correo certificado con acuse de recibo conteniendo cédula/s de notificación de resolución/es de fecha/s 23 de diciembre de 2011 y citaciones a los demandados "Julián y Pilar S.S. Julián Barrio Hernáez y Pilar Rodríguez Atienza con la anotación "Desconocido/a., únase/únanse a los autos de su razón extrayéndose su/s contenido/s.
Se procede a la notificación a D/Dña."Julián y Pilar S.C.", Julián Barrio Hernáez y Pilar Rodríguez Atienza de los actos de comunicación acordados en el domicilio que figure en los datos obrantes en el Instituto Nacional de Estadística en el supuesto de que, dicho domicilio, sea diferente al/a los que ya figura/n en autos, uniéndose a las presentes actuaciones la certificación obtenida a través de la aplicación informática de dicho Instituto. Visto su contenido, habiendo resultado que la demandada es desconocida en el domicilio que figura en la demanda, según consta por el Servicio de Correos y en consecuencia practíquense los actos de Notificación por medio de Edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de la Rioja.
Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (Art. 59 de la L.J.S.).
Se requiere a la parte en paradero conocido para que, en el supuesto de que conociera un nuevo domicilio de la demandada, "Julián y Pilar S.C", Julián Barrio Hernáez y Pilar Rodríguez Atienza, diferente al que figura en el encabezamiento de la demanda, lo comunique a este Juzgado en el plazo de cuatro días, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en legal forma y de resultar positivo dicho conocimiento, practíquense las diligencias acordadas en el nuevo domicilio facilitado.
Habiendo presentado el/los trabajador/es Verónica Ferrandis Antonanz exigiendo el cumplimiento por el empresario Julián y Pilar, S.C., Julián Barrio Hernáez, Pilar Rodríguez Atienza de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de Sentencia nº 423/11, de fecha 13/10/11, de conformidad al Art. 280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 29/2/2012 a las 09:30 para la celebración de la comparecencia, con suspensión del señalamiento previsto para el día 30 de enero de 2012.
De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Asimismo, acuerdo la citación de los demandados por medio de edictos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/la Secretario/a Judicial.
Y para que le sirva de notificación y citación para la comparecencia del próximo 29/02/12, a las 9:30 horas, en legal forma a "Julián y Pilar S.C", Julián Barrio Hernáez y Pilar Rodríguez Atienza, en ignorado paradero o, en su caso, Ad Cartela, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Logroño a 27 de enero de 2012.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
El/la Secretario Judicial.
