Diligencia de Ordenación
Secretaria Judicial Sra Dña. Judit González Barriales
En Logroño, a dos de enero de dos mil doce.
Recibidas diligencias practicadas por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Logroño con el resultado negativo que en las mismas consta por haber cerrado la empresa apremiada, se unen a las actuaciones.
Visto su contenido, habiendo resultado que demandada es desconocida en el domicilio que figura en la demanda, según consta en la diligencia negativa practicada por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Logroño y, en consecuencia, practíquese el/los acto/s de notificación por medio de Edictos, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de La Rioja.
Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (Art. 59 de la L.J.S.).
Se requiere a la parte en paradero conocido para que, en el supuesto de que conociera un nuevo domicilio de la demandada, Carmenjor S.A., diferente al que figura en el encabezamiento de la demanda, lo comunique a este Juzgado en el plazo de cuatro días, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en legal forma y de resultar positivo dicho conocimiento, practíquense las diligencias acordadas en el nuevo domicilio facilitado.
Siendo la parte en paradero desconocido una persona jurídica, se procede se procede a la notificación a la antedicha Carmenjor S.L. de los actos de comunicación acordados en el domicilio que figure en los datos obrantes en el Registro Mercantil Central en el supuesto de que, dicho domicilio, sea diferente al/a los que ya figura/n en autos, uniéndose a las presentes actuaciones la certificación obtenida a través de la aplicación informática de dicho Registro. Actos de comunicación éstosque se practicarán también en el domicilio de las personas que figuren en dicho Registro Mercantil ostentando la calidad de administradores o apoderados de la mercantil.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/la Secretario/a Judicial.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Carmenjor S.L., en ignorado paradero o, en su caso, Ad Cartela, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Logroño a 2 de enero de 2012.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
El Secretario Judicial.
