Cédula de notificación Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño del 26 de noviembre de 2008 - 1462411

Ficha de esta disposición

Título:
Cédula de notificación Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño del 26 de noviembre de 2008 - 1462411
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOR 153
Fecha Disposición:
26/11/2008
Fecha Publicación:
26/11/2008
Órgano Emisor:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE LOGROÑO
D. Vicente Crusells Canales, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Logroño, hago saber:

Que en el procedimiento demanda 227/2008-M de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Scanfer, S.C., sobre ordinario, se ha dictado sentencia que, en lo necesario, es del tenor literal siguiente:

Sentencia nº 463/08

En la ciudad de Logroño, a siete de noviembre de dos mil ocho.

Vistos por mi D. José Mª Labado Santiago, Magistrado titular del Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en materia de cantidad, entre las siguientes partes:

Como demandante comparece la Letrada Doña Marta Gómez Rubio, en representación de la Fundación Laboral de la Construcción.

Como demandado Scanfer, S.C., que no comparece, pese a estar citada en legal forma.

Fallo:

Que estimando la demanda promovida por la Fundación Laboral de la Construcción, Gerencia Territorial de La Rioja, frente a Scanfer, S.C., en materia de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 178,83 euros.

Notifíquese esta sentencia advirtiendo a las partes que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Scanfer, S.C., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a siete de noviembre de dos mil ocho.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

El Secretario Judicial.





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