Período de referencia: enero 2012
Período de aplicación: avril, mayo y junio 2012 01-2012
Este documente contiene tablas
2. El período de referencia será: el mes de enero para las cotizaciones que se apliquen a partir del siguiente 1 de abril, el mes de abril para las cotizaciones que se apliquen a partir del siguiente 1 de julio, el mes de julio para las cotizaciones que se apliquen a partir del siguiente 1 de octubre, el mes de octubre para las cotizaciones que se apliquen a partir del siguiente 1 de enero. Los tipos de conversión de las monedas se publicarán en el segundo Diario Oficial de la Unión Europea (serie C) de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.
