Propuesta de resolución de la Directora General de Patrimonio por la cual se autoriza el expediente para la cesión de uso gra- tuita y temporal de un aparato Drager DrugTest 5000, para el control del consumo de drogas, y de un aparato Alcotest 7110, para el control del nivel de alcohol, a determinados Ayuntamientos de las islas de Ibiza y Formentera (SENDE 5598/2009)

Mis Leyes

Ficha de esta disposición

Título :
Propuesta de resolución de la Directora General de Patrimonio por la cual se autoriza el expediente para la cesión de uso gra- tuita y temporal de un aparato Drager DrugTest 5000, para el control del consumo de drogas, y de un aparato Alcotest 7110, para el control del nivel de alcohol, a determinados Ayuntamientos de las islas de Ibiza y Formentera (SENDE 5598/2009)
Nº de Disposición :
5598/2009
Boletín Oficial :
BOIB 112
Fecha Disposición :
01/08/2009
Fecha Publicación :
01/08/2009
Órgano Emisor :
CONSELLERIA D ECONOMIA
Antecedentes

1. El 28 de mayo de 2009 el Director General de Interior firmó una memo ria justificativa de la necesidad de hacer una cesión gratuita de uso de un apara to de control del consumo de drogas a determinados ayuntamientos de Ibiza y Formentera para poner en funcionamiento un plan de controles a los conducto res de vehículos en el municipio.

2. El jefe de la Sección XVIII de la Dirección General de Interior, en la misma fecha, emitió un informe sobre la propuesta de inicio del expediente.

3. El 29 de mayo de 2009 la Consejera de Interior dictó una resolución por la cual se insta al Consejero de Economía, Hacienda e Innovación para que ini cie el expediente.

4. Se considera, además, el oficio de envío del expediente firmado por la Secretaria de la Consejeria de Interior, registrado de entrada en la Consejería el 11 de junio, con el número 6997/2009.

5. El pasado 19 de junio el Consejero de Economía, Hacienda e Innovación dictó, a propuesta de la Directora General de Patrimonio, una reso lución en la cual ordenaba el inicio del expediente de acuerdo con lo que prevé el articulo 129 del reglamento, en relación con el articulo 125 del mismo cuer po legal.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64, 71 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129, 130 y 142 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 10/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

5. El Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Economía, Hacienda e Innovación que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal de dos aparatos, un Drager DrugTest 5000, para el control del consumo de drogas, con número de inventario de la Comunidad Autónoma 100000008771, y un Alcotest 7110, para

el control de consumo de alcohol, con número de inventario de la Comunidad Autónoma 100000008768, a determinados Ayuntamientos de las islas de Ibiza y Formentera, en la forma que se expone en el punto siguiente, para poner en funcionamiento un plan de control a los conductores de vehículos en sus muni cipios (SENDE 5598/2009).

2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:

a) La cesión gratuita de uso tendrá una duración de veinte años que se contarán desde la firma del acta de entrega.

b) Se establece el siguiente plan de cesiones entre los diversos ayunta mientos:

- Julio de 2009: Sant Antoni de Portmany

- Agosto de 2009: Sant Josep de sa Talaia

- Setiembre de 2009: Formentera

- Octubre de 2009: Eivissa

- Noviembre de 2009: Santa Eulària del Riu

- Diciembre de 2009: Sant Joan de Labritja

c) Una vez finalizado este plazo continuará la cesión de los dos aparatos antes mencionados hasta que acabe el período de los veinte años, por períodos de un mes y con el mismo orden establecido.

d) Los ayuntamientos afectados por este plan de cesiones han de suscribir en el momento de cada aceptación de la entrega que se hagan entre ellos un acta de entrega y recepción, de la cual se ha de transmitir una copia a la Consejeria de Interior.

e) En el momento de concluir el plazo establecido para la cesión de uso, el último ayuntamiento que tenga los aparatos los ha de devolver a la Consejeria de Interior.

f) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autoriza la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, se considera rá revocada la cesión y revertirán a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la cual tendrá derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

3. Ordenar que esta cesión de uso gratuita y temporal se anote en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se publique en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el articulo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso admi nistrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdic ción contenciosa administrativa.

Palma, 29 de junio de 2009

La Directora General de Patrimonio Maria Costa Genovard

Conforme con la propuesta. Dicto resolución. El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Carles Manera Erbina

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