Por Resolución de la Confederación Hidrográca del Ebro de fecha 22 de enero de 2010, se han extinguido los derechos del aprovechamiento de aguas a tomar del río Ciurana y destinadas a riego en término municipal de El Molar (Tarragona), que fue otorgado con fecha anterior a 1986 (desde tiempo inmemorial) a favor de Federico Escolá Sancho e inscrito con el nº 32.515 del Libro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.
No consta servidumbre alguna relacionada con dicho aprovechamiento.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográca del Ebro, durante el plazo de VEINTICINCO días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Ocial de la Provincia, a cuyo efecto el expediente y la documentación técnica estarán de maniesto en la Confederación Hidrográca del Ebro, Pº de Sagasta 26-28, Zaragoza, en horas hábiles de ocina.
Zaragoza, 22 de enero de 2010. --- EL COMISARIO DE AGUAS, P.D. EL COMISARIO ADJUNTO, José Iñigo Hereza Domínguez.
