Vistas las comunicaciones hechas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, en las que se comunica altas, bajas y variaciones de datos y bajas de oficio de los trabajadores del Régimen General que a continuación se relacionan:
Ver Anexo
Hechos.
Primero: haber recibido en esta Dirección Provincial comunicación de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, por lo que se notifica a los interesados el trámite derivado (altas, bajas o variaciones) de dicha actuación.
Segundo: la citada notificación es devuelta, no pudiendo realizar el trámite por ausencia, o por ignorar el paradero.
Fundamentos de derecho.
1.- Esta Dirección Provincial es competente para resolver en virtud del art. 12.3 de la Ley 30/1992 y de los art. 5.4 y 14.1,2de la Ley General de la Seguridad Social.
2.- Según lo dispuesto en los art. 26 y 35 del R. D. 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas, Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad Social, permite a la Administración realizar de oficio la afiliación, cuando se compruebe que por parte del empresario y trabajador no se ha realizado.
3.- Las altas surtirán efecto desde el momento en que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga conocimiento de que se ha producido éste, a te nor de lo preceptuado en el art. 35.1 2° del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.
4.- Al no poderse practicar la notificación por otro procedimiento se realiza el presente anuncio a tenor de los art. 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico Administraciones Públicas Administrativo Común. Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación, esta Dirección Provincial Resuelve: Formalizar las altas, bajas y variaciones consignadas anteriormente de los trabajadores en las empresas mencionadas.
Comuníquese esta resolución a los empresarios y trabajadores, haciéndoles saber que contra la presente podrán interponer Recurso de Alzada, ante esta Dirección Provincial, en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B. O. E. del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B. O. E. del 14).
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 2007. La Subdirectora Provincial, en funciones, Mª Luisa González Aguirre.
