Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de 1961 se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar, puedan formular las observaciones pertinentes, en el plazo de veinte días (artículo 86 de la Ley 30 de 1992: RJAPyLPA) a contar de la inserción del presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Villaluenga de la Sagra 23 de enero de 2012.- El Alcalde (firma ilegible).
N.º I.- 800
