De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13.3 y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación íntegra del referido texto, cuyo tenor literal es el siguiente:
"Decreto del Excmo. Sr. D. José Manuel Bermúdez Esparza, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. En Santa Cruz de Tenerife, a trece de enero de dos mil doce. Asunto: regulación de la suplencia en el ejercicio de las funciones de Concejal Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad.
Conforme dispone el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, "Los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, (..)". En igual sentido se pronuncia el artículo 12.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este Ayuntamiento: " Suplencia del Alcalde 1. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del Alcalde será sustituido por los Tenientes de Alcalde por el orden de su nombramiento".
Por otra parte, el artículo 17.3 y 4 del mismo Reglamento dispone: "Composición y nombramiento. 3. De entre los miembros de la Junta de Gobierno que ostenten la condición de Concejal, el Alcalde designará al Concejal Secretario, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos. 4. En caso de ausencia o enfermedad del Concejal Secretario será sustituido por el Concejal, miembro de la Junta de Gobierno, que determine el Alcalde.". Y el artículo 20.5: "Sesiones y convocatoria. 5. Para la válida constitución de la Junta de Gobierno a efectos de celebración de las sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Alcalde, del Concejal Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan."
Asimismo, el artículo 26.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece: "Convocatoria y sesiones. 1. Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.."
En el ámbito de este Ayuntamiento, por Decretos de esta Alcaldía de fechas 11 y 13 de junio de 2011 se produjo el nombramiento de Tenientes de Alcalde y mediante Decreto de 11 de junio de 2011 se efectuó el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno, designándose Concejal Secretario de la Junta de Gobierno al Primer Teniente de Alcalde; ello supone que si en los supuestos de ausencia del Alcalde, la Presidencia de la sesión ha de ser asumida por el Primer Teniente de Alcalde, resulta necesario regular el sistema de sustitución en el ejercicio de las funciones de Concejal Secretario de la Junta de Gobierno, puesto que no pueden concurrir en la misma persona el ejercicio de la presidencia y de la secretaría del órgano.
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta que corresponde al Alcalde designar al Concejal Secretario de la Junta de Gobierno, de conformidad con la regulación establecida en el artículo 126.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
Dispongo:
Primero.- En tanto que en caso de ausencia del Alcalde a una sesión de la Junta de Gobierno de la Ciudad le habrá de sustituir legalmente en el ejercicio de las funciones de presidencia del órgano el Teniente de Alcalde al que le corresponda legalmente su sustitución, en el supuesto de que en el sustituto concurriera la condición de Concejal Secretario de la Junta de Gobierno, las funciones de Concejal Secretario serán ejercidas en la sesión por el siguiente de los miembros de la Junta de Gobierno presentes que tenga la condición de Teniente de Alcalde, respetándose el orden de sustitución establecido en el correspondiente Decreto de nombramiento.
Segundo.- El presente Decreto surtirá efectos desde el día de la fecha en que se dicta y se dará conocimiento del mismo a la Junta de Gobierno de la Ciudad y al Excmo. Ayuntamiento Pleno, procediéndose a su publicación en la Intranet municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia para general y público conocimiento."
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2012.
El Director General de Organización y Régimen Interno, Joaquín Castro Brunetto.
