Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que el mismo se encuentra expuesto al público en las Oficinas del Ayuntamiento, sitas en la plaza de José Bono, número 1, a partir del 1 de febrero, por periodo de un mes, durante el cual podrán examinarlo, pudiendo interponer recurso de reposición, previo al contenciosoadministrativo, ante el AlcaldePresidente, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del periodo de la exposición pública del padrón.
La cobranza en periodo voluntario del mencionado tributo tendrá lugar desde el día 1 de febrero hasta el día 2 de abril de 2012, ambos inclusive.
A partir del día siguiente a la finalización del periodo voluntario, recargo del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
Recargo del 10 por 100 cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recar go, antes de la finalización del plazo previsto en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria.
Recargo del 20 por 100 más intereses de demora si la deuda no es abonada transcurrido el plazo previsto en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria.
Los pagos podrán efectuarse en las sucursales de Caja Castilla-La Mancha, Caja Rural de Toledo, La Caixa y Banco de Santander de la localidad, con la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de pago, previa solicitud dirigida al Alcalde-Presidente dentro del periodo voluntario, que resolverá lo que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
Otra modalidad posible para efectuar los pagos en periodo voluntario, tipificada en el artículo 90 del Reglamento General de Recaudación, cuya conveniencia se recomienda, es la domiciliación de pagos de los recibos a través de cualquier banco o caja de ahorros. Las órdenes de domiciliación recibidas en este ejercicio no surtirán efectos en el mismo, sino a partir del periodo voluntario de cobranza del 2013 y sucesivos.
Noblejas 26 de enero de 2012.- El Alcalde, Agustín Jiménez Crespo.
N.º I.- 859
