Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.2 del Real Decreto 320/94, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por Real Decreto 318/2003, de 14 de marzo, en relación con el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las denuncias que por infracción a las normas de tráfico se relacionan en el Anexo, con expresión de sus datos más significativos así como últimos domicilios conocidos de los denunciados, toda vez que intentada su notificación ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Güímar, ante la cual los interesados en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, podrán alegar cuanto consideren conveniente a su defensa y propongan las pruebas que estimen oportunas.
En la ciudad de Güímar, a 26 de enero de 2012.
Si el interesado está de acuerdo con la denuncia, podrá beneficiarse sin más trámite de la reducción del 50% de la cuantía de la multa, siempre que atienda al pago dentro del plazo de 15 días naturales siguientes a la publicación de este anuncio.
Si no fueran las personas que se citan conductores del vehículo, deberá comunicar al Ayuntamiento el nombre, apellidos y dirección de aquel en el plazo de quince días naturales; el incumplimiento de esta obligación, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de una falta muy grave con multa cuyo importe será doble de la prevista en la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple si es infracción grave o muy grave (art. 65.5 j) y 67 Ley 18/2009, de 23 de noviembre).
Transcurrido el plazo para presentar alegaciones sin haberlo hecho ni abonar el importe de la multa, se entenderá que está conforme con la sanción propuesta, y surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, disponiendo entonces de un plazo de 30 días naturales desde la notificación de la denuncia para hacerla efectiva mediante ingreso en la cuenta de Cajacanarias nº 20650036132904031958 o Cajasiete nº 30760060751015729211 de este Ayuntamiento, especificando nombre, apellidos y número del expediente sancionador; en caso contrario su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.
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