En relación a la solicitud presentada por D. Juan Manuel Villar Betancort, de devolución de la garantía definitiva depositada en el expediente de contratación de la dirección técnica del Festival Internacional de Documentales del Sur (Docusur) pongo en su conocimiento que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada con carácter ordinario, el día 20.10.2011, adoptó el siguiente acuerdo:
Área de Desarrollo Municipal y Régimen Interior.
23. Acuerdo que proceda sobre devolución de aval depositado en el expediente de consultoría y asistencia consistente en la contratación de la dirección técnica del Festival Internacional de Documentales del Sur (Docusur).
Vista la solicitud presentada por D. Juan Manuel Villar Betancort, de devolución de la garantía definitiva depositada en el expediente de contratación de la consultoría de referencia, adjudicado por Decreto de la Alcaldía nº 492/07 de 16 de abril de 2007.
Considerando lo dispuesto en el artículo 47.4 del Texto Refundido de la Ley de Contrataos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, 16 de junio.
Considerando que por Decreto de Alcaldía nº 997/11, de 16 de junio de 2011, se delega en la Junta de Gobierno Local las competencias en materia de devolución de avales y cancelaciones de garantía.
La Junta de Gobierno Local acuerda:
Primero.- Que se proceda a la devolución de la garantía definitiva depositada por D. Juan Manuel Villar Betancort, con D.N.I. nº 42.082.300-M conforme a continuación se detalla:
Consultoría y Asistencia para la Dirección Técnica del Festival Internacional de Documentales del Sur (Docusur). Aval Deutsche Bank, nº 206003477, importe 1.202,00 euros.
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a los Departamentos de Intervención y Tesorería a los efectos procedentes.
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59, apartado quinto, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación en forma al interesado, informándole que contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RJAP y PAC, modificado por la Ley 4/1999.
En Guía de Isora, a 19 de enero de 2012.
El Alcalde-Presidente, Pedro M. Martín Domínguez.
