El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 6 de febrero de 2012. -La Presidenta, Ana Cristina Guarinos López.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE GERENTE DEL CONSORCIO PARA LA GESTION DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, MEDIANTE UN CONTRATO LABORAL DE ALTA DIRECCION.
I. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, garantizando los principios rectores del acceso al empleo público recogidos en el artículo 37 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha y 26 de los Estatutos del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara, mediante contrato de personal de alta dirección, del cargo de gerente vacante en dicho consorcio, cuyas características se mencionan a continuación:
Características del puesto.
- Denominación: Gerente del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara
- Régimen de dedicación: Dedicación y responsabilidad especiales, estando sujeto al régimen de incompatibilidades y declaraciones de actividades y bienes de los cargos directivos locales, establecido en la disposición Adicional Decimoquinta de la Ley de Bases de Régimen Local. Las funciones de este puesto precisan la disponibilidad de su titular fuera del horario de trabajo que determine el Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara, para acudir a reuniones, comisiones, actividades, desplazamientos, etc.
- Exigencia de evaluación del desempeño: Con periodicidad determinada, el órgano competente del Consorcio, previa audiencia del interesado, aprobará una evaluación de resultados del cargo directivo, que será motivada en relación con los objetivos fijados para el ejercicio.
- Duración del contrato: indefinida, con un periodo de prueba de seis meses
- Las funciones del puesto serán las siguientes:
a) Impulsar, coordinar e inspeccionar la gestión de los servicios en sus aspectos administrativos, técnicos, económico-financieros y de planificación.
b) Ostentar la jefatura de personal
c) Estudio y elaboración de la plantilla de personal
d) Elaborar la memoria anual de gestión que deberá presentar a la Asamblea General
e) Elaborar el anteproyecto anual del Presupuesto
f) Asistir, con voz y sin voto, a las sesiones de la Asamblea General y la Comisión de Gobierno.
g) Aquellas otras atribuciones que le encomienden los órganos colegiados o unipersonales del Consorcio.
II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Requisitos generales:
- Estar en posesión de la nacionalidad española o ser nacional de algún estado miembro de la Unión Europea.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa
- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo por no padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las mismas.
- Estar en posesión del permiso de conducir B y disponer de vehículo propio.
Titulación académica: - Titulación universitaria La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos que se aleguen, será la del último día del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de los requisitos deberá de mantenerse hasta la formalización del contrato.
III. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
Las instancias solicitando participar en la convocatoria deberán ser presentadas en el Registro General del Consorcio (entre las 9 y las 14 horas), dirigidas a la Ilma. Sra. presidenta del Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la Provincia de Guadalajara, en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. También podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes deberán acompañar a la instancia de solicitud su currículo vitae, en el que harán constar:
- Títulos académicos.
- Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, y se indicará la Institución o empresa en la que se desempeñaron, duración y las funciones asignadas.
- Estudios y cursos realizados y cuantos méritos estime el aspirante oportuno manifestar.
- Cualquier otro aspecto que ponga de manifiesto la capacidad del candidato y su idoneidad para el puesto.
Asimismo, deberán adjuntar a la instancia la documentación justificativa, originales y/o fotocopia compulsada, de los requisitos exigidos y de los méritos alegados.
La presentación de la solicitud supone el compromiso de aceptación de las condiciones y requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, la falsedad en los datos proporcionados supondrá la eliminación del proceso selectivo.
IV. RESOLUCIÓN
Una vez concluido el plazo de admisión de instancias y examinadas las mismas, por la Presidencia del Consorcio se elaborará una propuesta para la designación de gerente en atención a los méritos presentados por los candidatos, que, previo dictamen de la Comisión de Gobierno, será nombrado por la Asamblea General.
Se formalizará la contratación laboral de carácter especial como personal de Alta Dirección, regulada en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. La incorporación se realizará en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de la resolución de contratación.
El contrato como personal de Alta Dirección que se formalice tendrá duración indefinida. El titular del cargo podrá ser cesado cuando su evaluación de resultados fuera negativa, teniendo el cese que ser motivado por escrito. Ello, sin perjuicio de la posibilidad de cese por alguna de las causas previstas en el artículo 11 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
La Presidencia podrá declarar desierta la presente convocatoria, en el caso de que ninguno de los candidatos se considere idóneo para el desempeño del cargo objeto de la misma.
V. RECURSOS.
La convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en vigor, y por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
