Estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa. Creación de Departamentos

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Ficha de esta disposición

Título :
Estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa. Creación de Departamentos
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOIB 102
Fecha Publicación :
04/07/2011
Órgano Emisor :
EIVISSA
El Hble. Sr. Presidente del Consell Insular d'Eivissa, en fecha 1 de julio de 2011, ha dictado el decreto siguiente:

'En el día de hoy se ha constituido el Consell Insular d'Eivissa y ha toma do posesión del cargo su presidente, el cual se dispone a estructurar el gobierno de esta institución.

En el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears se determina que los Consells Insulars establecen su organización de acuerdo con la Constitución y el propio estatuto.

De conformidad con el artículo 9.2.f de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consells Insulars, según el cual corresponde al Presidente dictar los decretos que supongan la creación y/o extinción de Departamentos del Consejo Ejecutivo. En concordancia con los artículos 16.4 y 68 y siguientes del Reglamento Orgánico de esta institución (BOIB núm. 136, de 18/09/2010), los cuales configuran los Departamentos como las unidades en que se organizará la actividad administrativa del Consell Insular.

En base a las consideraciones anteriores, esta Presidencia

DISPONE

PRIMERO.- El Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa estará integrado por el Presidente, los Vicepresidentes y los Consejeros Ejecutivos y las Consejeras Ejecutivas.

SEGUNDO.- La Administración del Consell Insular, bajo la superior Dirección de la Presidencia, se estructura en los departamentos con responsabi lidad ejecutiva siguientes:

Departamento de Territorio

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación Municipal

Departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente

Departamento de Participación Ciudadana

Departamento de Trabajo, Comercio, Industria y Nuevas Tecnologías

Departamento de Turismo

Departamento de Deportes y Juventud

Departamento de Educación, Cultura y Patrimonio

Departamento de Sanidad y Bienestar Social

Departamento de Economía y Hacienda

Cada departamento será dirigido por un Consejero Ejecutivo, que bajo la superior dirección del Presidente del Consell Insular dirigirá el sector de la acti vidad administrativa correspondiente y ejercerá, por delegación de la Presidencia las funciones atribuidas a cada Departamento, según se expone en los apartados siguientes del presente Decreto.

TERCERO.- De acuerdo con la estructura creada en el apartado anterior, y bajo la superior dirección de la Presidencia del Consell, se definen las tres áreas de actuación, conforme al principio de organización funcional de la acti vidad administrativa, siguientes:

AREA DE PRESIDENCIA.- Agrupa, además de Presidencia del Consell, el Departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente y el de Territorio.

Departamento de Movilidad, Interior y Medio Ambiente, comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de transportes terrestres, infraestructuras viarias, servicios técnicos, residuos, parque insular de bomberos, así como servicios generales, régimen interior, recursos humanos, iniciar, tramitar y resolver los expedientes disciplinarios, res petando las competencias legalmente reservadas a la Presidencia, retribuciones del personal; servicios jurídicos; contratación; recursos patrimoniales de la cor poración y expropiaciones. Así mismo gestionará los centros adscritos, incluido el centro de exámenes de conducir de Santa Gertrudis.

Departamento de Territorio, comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de ordenación del territorio, incluido el litoral, urbanismo y habitabilidad, control y disciplina urbanística, y política del suelo. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular, especialmente todo lo relacionado con los terrenos del antiguo acuartelamiento de Sa Coma que no sean competencia de otro órgano.

AREA DE ECONOMIA, BIENESTAR SOCIAL Y DEPORTES, agrupa los Departamentos de Economía y Hacienda, de Sanidad y Bienestar Social y Deportes y Juventud.

Departamento de Economía y Hacienda, comprende la actividad compe tencial propia del Consell Insular en relación a la materia de política financiera y presupuestos, intervención y tesorería, especialmente las actuaciones relativas a la programación y gestión del ordenamiento económico y financiero de los recursos del Consell Insular d'Eivissa. Incluye todas las competencias en mate ria económica, de acuerdo con lo que recogen las bases de ejecución del Presupuesto, así como las siguientes:

a) La gestión, inspección, liquidación y recaudación en relación con los ingresos públicos de la administración insular, excepto cuando se atribuya a otro órgano.

b) La coordinación del proceso de preparación, ejecución y control de los presupuestos del Consell Insular d'Eivissa

c) El reconocimiento de la obligación de los gastos y la ordenación de pagos de la entidad

d) La suscripción de documentos contables.

Departamento de Sanidad y Bienestar Social, comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de servi cios y asistencia social, integración y desarrollo comunitario, tutela, acogida y adopción de menores, oficina de la Dona, salud mental, y el resto de políticas de inserción social, así como el tratamiento y prevención de las drogodependen cias. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Deportes y Juventud, comprende la actividad compe tencial propia del Consell Insular en relación con las materias de actividades deportivas, recreativas, de ocio y tiempo libre, equipamientos juveniles, así como la ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestiona rá los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes cen tros propiedad del Consell Insular.

AREA DE CULTURA, TURISMO I AGRICULTURA.- agrupa los Departamentos de Cultura, Educación y Patrimonio, de Participación Ciudadana y de Trabajo, Comercio, Industria y Nuevas Tecnologías, de Turismo y de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación municipal.

Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, comprende la activi dad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de enseñanza, actividades artísticas y culturales, museos, archivos, bibliotecas, normalización lingüística y patrimonio histórico monumental. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actua ción prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Participación Ciudadana, comprende la actividad com petencial propia del Consell Insular en relación con los ámbitos de Casas regio nales, Asociaciones, Comunidades de ciudadanos, y resto de entidades partici pativas que se relacionen con esta institución, y también la Oficina de atención al ciudadano, y los títulos de familias numerosas.

Departamento de Trabajo, Comercio, Industria y Nuevas Tecnologías, comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de Trabajo, industria, incluido el fomento y promoción de la moda, inspección técnica de vehículos, recursos informáticos, nuevas tecnologías y sociedad del conocimiento. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Turismo, comprende la actividad competencial propia del Consejo Insular en relación con las materias de promoción y ordenación turística. Información Turística; ordenación del sector turístico, ordenación de actividades en zonas turísticas, función inspectora y sancionadora en materia turística; coordinación de la política turística, promoción del turismo y relacio nes interadministrativas en esta materia y creación de productos turísticos. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actua ción prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Caza y Cooperación Municipal, comprende la actividad competencial propia del Consell Insular en relación con las materias de agricultura, ganadería, y pesca, recursos cinegéti cos, montes y recursos y aprovechamiento hidráulicos y, finalmente, coopera ción económica y asistencia técnica local, así como las competencias atribuidas al Consell Insular por la Ley 8/1993, de 1 de diciembre y que no estén atribui das a otros órganos. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación prestados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Quedan derogadas todas las disposi ciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que establece este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL.- Este decreto entrará en vigor el día de su publi cación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Lo manda y lo firma el presidente, en Eivissa, 1 de julio de 2011, y da fe la secretaria gral. accidental.

El presidente, Vicente Serra Ferrer

La secretaria gral. acctal., Maria Torres Bonet'

Eivissa, 1 de julio de 2011

El presidente, Vicente Serra Ferrer

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