Anuncio de notificación Delegacion del Gobierno en Canarias del 10 de febrero de 2012 - 4048831

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de notificación Delegacion del Gobierno en Canarias del 10 de febrero de 2012 - 4048831
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOP-LASPALMAS 19
Fecha Publicación:
10/02/2012
Órgano Emisor:
DELEGACION DEL GOBIERNO EN CANARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5, artículo 60, párrafo final, y concordantes, de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (BOE del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a través de este anuncio la RESOLUCIÓN dictada por la Sra. Delegada del Gobierno en Canarias, en los procedimientos sancionadores que se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación al interesado en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse.

Contra las referidas resoluciones, los interesados pueden interponer RECURSO DE ALZADA ante el Sr. Ministro del Interior, en el término de UN MES, contado a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partir del día siguiente a la finalización del plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

En el caso de que no presente en tiempo oportuno el Recurso de Alzada a que se refiere el párrafo anterior, o se hubiera desestimado dicho recurso, la sanción será firme. El cumplimiento de la sanción pecuniaria que, en su caso, se haya impuesto, deberá realizarse mediante el modelo 069 que se adjunta a la resolución y que se encuentra a su disposición en la Sección de Derechos Ciudadanos Seguridad Ciudadana de esta Dirección Insular, con el que podrá efectuar el ingreso en cualquier entidad colaboradora de recaudación.Los plazos para efectuar el ingreso son los siguientes:

- Si la notificación de la resolución se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo finaliza el día 20 del mes posterior. - Si la notificación de la resolución se realiza entre los días 16 y último de cada mes, el plazo finaliza el día 5 de segundo mes posterior.

- Si el último día de plazo no fuera hábil, se extenderá hasta el día hábil inmediato posterior.

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9519923_1.pdf Arrecife, 19 de Enero de 2012 EL INSTRUCTOR, Alfonso San Martín Pérez Ross

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