Contra las referidas resoluciones, los interesados pueden interponer RECURSO DE ALZADA ante el Sr. Ministro del Interior, en el término de UN MES, contado a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partir del día siguiente a la finalización del plazo de quince días de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
En el caso de que no presente en tiempo oportuno el Recurso de Alzada a que se refiere el párrafo anterior, o se hubiera desestimado dicho recurso, la sanción será firme. El cumplimiento de la sanción pecuniaria que, en su caso, se haya impuesto, deberá realizarse mediante el modelo 069 que se adjunta a la resolución y que se encuentra a su disposición en la Sección de Derechos Ciudadanos Seguridad Ciudadana de esta Dirección Insular, con el que podrá efectuar el ingreso en cualquier entidad colaboradora de recaudación.Los plazos para efectuar el ingreso son los siguientes:
- Si la notificación de la resolución se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo finaliza el día 20 del mes posterior. - Si la notificación de la resolución se realiza entre los días 16 y último de cada mes, el plazo finaliza el día 5 de segundo mes posterior.
- Si el último día de plazo no fuera hábil, se extenderá hasta el día hábil inmediato posterior.
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1.265-C
