AT/25.065 Resolución de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de instalación eléctrica

Ficha de esta disposición

Título:
AT/25.065 Resolución de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de instalación eléctrica
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOR 17
Fecha Publicación:
08/02/2012
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA, INNOVACION Y EMPLEO
Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente de referencia AT/25.065 incoadoen esta Dirección General a instancia de Cultivos Riojal, S.L., con domicilio en Autol, en C/Gallo, s/n, solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:

Planta de cogeneración para calentamiento de agua en instalaciones de cultivo de champiñón con un equipo Quanto C400 de gas natural de potencia nominal eléctrica 400 kW, potencia térmica 523 kW, con motor tipo G3412 y generador síncrono tipo SR4B de la marca Caterpillar o equivalente.

Centro de transformación de 400 KVA, elementos auxiliares y línea subterránea 13.200 V.

Punto de conexión en apoyo nº 4 de línea de doble circuito de Electra Autol, S.A.

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación; Ordenes de 6 de julio y 18 de octubre de 1984; Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna, ha resuelto:

Autorizar la instalación solicitada y aprobar el proyecto de ejecución de las obras, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la fecha de la presente resolución. Este plazo podrá ser prorrogado por un periodo de seis meses a instancia de parte.

El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización.

La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias prevenidas en la legislación vigente.

El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Puesta en Servicio.

Esta resolución no agota la vía administrativa.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Innovación y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 115 y 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999.

En Logroño a 27 de enero de 2012.- El Director General de Innovación, Industria y Comercio, Julio Herreros Martín.