Anuncio de notificación Cabildo Insular de Tenerife del 10 de febrero de 2012 - 4048383

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de notificación Cabildo Insular de Tenerife del 10 de febrero de 2012 - 4048383
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BOP-TENERIFE 21
Fecha Publicación:
10/02/2012
Órgano Emisor:
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Habiéndose intentado infructuosamente la oportuna notificación a Doña Claudia Vanessa Tavares González, por encontrarse ausente en horas de reparto en el domicilio que figura en el expediente administrativo en materia de responsabilidad patrimonial, signado con la referencia R110152X, y, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en su conocimiento, que podrá personarse en el plazo de diez (10) días, contados a partir del último día de exposición pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, o en su caso, desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en cualquier oficina de Registro de esta Corporación Insular, con el objeto de cumplimentar el trámite de mejora de solicitud instado al amparo del artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se advierte que de no atenderse el citado requerimiento se tendrá por desistida la petición interesada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 42 del referido texto normativo. Se deberán aportar los documentos que se relacionan seguidamente:

1. "Detallar la forma de producción del accidente de circulación, denominación exacta de la vía en la que se produjo y sentido de circulación, hora, punto kilométrico, acompañado de croquis en el que se describa el mismo; con indicación del día en el que se produjo el siniestro.

2. Copia o número de referencia del Atestado o Diligencias policiales en el supuesto que se hubieran efectuado aquéllas; así como, de las actuaciones judiciales abiertas en relación con los mismos hechos, con indicación de la referencia y Juzgado en el que se han seguido.

3. En el supuesto de que no le corresponda la titularidad del vehículo deberá acreditar la representación que ostenta por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado o representante de la Entidad (titular del vehículo), según dispone el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

4. Declaración responsable del interesado, (titular del vehículo),en el procedimiento de no haber percibido ni estar en condiciones de obtener indemnización por los mismos hechos objeto de reclamación.

5. Copia del Documento Nacional de Identidad o Código de Identificación Fiscal del interesado (titular del vehículo) en el procedimiento administrativo.

6. Copia del Permiso de Conducir, vigente al momento de producirse el siniestro, de la persona que transitaba con el vehículo al producirse el mismo.

7. Copia del Permiso de Circulación del vehículo implicado en el accidente.

8. Copia del Certificado de Características Técnicas del vehículo implicado en el accidente.

9. Copia del recibo de abono del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica, vigente en el período fiscal en que se produjo el accidente.

10. Copia del recibo de pago de la póliza de seguro del vehículo, vigente al momento de producirse el siniestro.

11. Copia de las condiciones particulares de la póliza de seguro del vehículo, vigente al momento de producirse el siniestro y en las que se especifiquen los riesgos asegurados.

12. Fotografías originales del vehículo en el que se aprecien los daños sufridos, si las hubiera.

13. Original de la factura de reparación o copia compulsada de la misma (art.46 de la Ley 30/1992), en la que se haga constar el titular y la matrícula del vehículo objeto de reclamación de daños, así como los siguientes datos o requisitos:

a) Número (la numeración de las facturas será correlativa con la fecha de expedición, en el supuesto de ser emitidas por el mismo proveedor).

b) Nombre y apellidos o denominación social, número de identificación fiscal y domicilio del expedidor y del destinatario (titular del vehículo siniestrado) o, en su caso, localización del establecimiento permanente si se trata de no residentes.

c) Descripción de la operación y su contraprestación total:

d) Modelo, marca, características técnicas y precio de los conceptos que se facturan.

e) Respecto de la mano de obra se debe indicar el número de horas a emplear en la reparación e importe por unidad de hora de trabajo efectuada, así como importe total de aquéllas.

f) Identificación de la condición de taller o establecimiento inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales de la Dirección Territorial de Industria y Energía de Santa Cruz de Tenerife, con el consiguiente número de Registro.

g) Matrícula del vehículo de referencia.

h) Lugar y fecha de su emisión.

En caso de que no se hubiera realizado la reparación, deberá aportarse original o copia compulsada de Informe Pericial, firmado por el técnico competente, o bien, Presupuesto original o copia compulsada del mismo, en relación a los daños del vehículo siniestrado.

14. Copia de la baja del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico, si se hubiera producido la misma.

15. Al amparo del artículo 6.1 del Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, el interesado podrá aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime oportuno, así como proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse."

Asimismo, se pone en su conocimiento a tenor de las previsiones contenidas en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los siguientes datos relativos al procedimiento de referencia:

1) Plazo máximo para resolver el procedimiento y efectuar la correspondiente notificación: 6 meses desde el inicio del mismo, o el plazo que resulte de añadirle un período extraordinario de prueba (artículo 13.3 del Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo).

2) Efectos del silencio administrativo: Desestimatorios (artículo 142.7 de La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13.3 del Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial).

3) Fecha de entrada de la Reclamación en esta Excma. Corporación Insular: 30 de agosto, con el 85101.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 2012.

La Jefa del Servicio Administrativo de Carreteras y Paisaje, Mercedes Torres Pascual.