Plazo de pago en período voluntario, contados desde la publicación de esta notificación edictal:
a. Si la notificción de la liquidción se realiza entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha publicación de la notificación hasta el día veinte del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta le inmediato hábil siguiente.
b. Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Recursos: Contra la liquidación del tributo, podrá inteponer Recurso de Reposición en el plazo de un mes, ante esta Alcaldía, previo al Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Ádministrativo de Guadalajara, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
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