Aprobar la modificación del artículo 5º de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de piscina municipal con la redacción que a continuación se recoge:
"ARTÍCULO 5.
CUOTA TRIBUTARIA.
PISCINAS MUNICIPALES.
1.1 ENTRADA ADULTO: ....................................................2,50
1.2 ENTRADA INFANTIL ...................................................2,00
1.3 ABONO ADULTO 10 BAÑOS ..........................................20,00
1.4 ABONO INFANTIL 10 BAÑOS ..........................................15,00
1.5 ABONO ADULTO 20 BAÑOS ..........................................35,00
1.6 ABONO INFANTIL 20 BAÑOS .........................................22,00
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo de aplicación hasta que se acuerde su derogación o modificación expresas.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
En Mamblas a 9 de febrero de 2012.
El Alcalde, Francisco Javier Rodero Martín.
