Aprobación definitiva convenio urbanístico Area de Actuación nº 2 de Albuñol

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Ficha de esta disposición

Título :
Aprobación definitiva convenio urbanístico Area de Actuación nº 2 de Albuñol
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-GRANADA 105
Fecha Publicación :
03/06/2011
Órgano Emisor :
AYUNTAMIENTO DE ALBUNOL (GRANADA)
ANUNCIO CONVENIO URBANISTICO AA2

Por acuerdo del Pleno de fecha cinco de mayo de 2011, se aprobó definitivamente, por mayoría de los concejales presentes, el Convenio urbanístico de gestión y ejecución de Areade Actuación nº 2 de Albuñolpara el desarrollo de Plan Especial, Convenio que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los Registros Administrativos de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

El acuerdo de aprobación definitiva es del tenor literal siguiente:

Primero. Aprobar el texto definitivo del Convenio urbanístico de gestión que afecta al Areade Actuación nº 2 de Albuñolpara llevar a cabo la gestión y ejecución Plan Especial suscrito por DªMª José Sánchez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento, y por DªMaría Paz CraviottoLupiónen nombre y representación de la entidad mercantil CraviottoLupión, S.A., propietario del territorio afectado por el Convenio junto con el Ayuntamiento de Albuñol.

Segundo. Facultar a la Alcaldía para la firma del mismo, que se formalizará mediante documento administrativo, sin perjuicio de la inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos y condiciones que lo requieran, conforme a la Legislación urbanística e hipotecaria.

Tercero. Notificar y emplazar a la persona o personas interesadas, a los efectos de que se firme el Convenio urbanístico arriba referenciado, en un plazo de cinco días desde la notificación de la aprobación del texto definitivo.

Cuarto. Depositar el presente Acuerdo junto con un ejemplar completo del texto definitivo del Convenio urbanístico y de su documentación anexa en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados (artículos 95.2.3.ª y 41.3 de la Ley 7/2002).

Quinto. Tras la firma y el depósito del Convenio urbanístico, se publicará el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada".

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Albuñol, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Albuñol, 9 de mayo de 2011.-La Alcaldesa, fdo.: Mª José Sánchez Sánchez.