Aprobación de tipos de gravamen para el ejercicio 2012

Ficha de esta disposición

Título:
Aprobación de tipos de gravamen para el ejercicio 2012
Nº de Disposición:
Boletín Oficial:
BON 28
Fecha Publicación:
09/02/2012
Órgano Emisor:
ATEZ
El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Atez, en sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2011y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/95, de las Haciendas Locales de Navarra, adoptó acuerdo de fijar los siguientes tipos de gravamen para el año 2012.

Impuestos:

-Contribución Territorial Urbana: 0,22%.

-Contribución Territorial Rústica: 0,35%.

-Construcciones, Instalaciones y Obras: 3%.

-Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana: Porcentajes mínimos según la Ley respecto a la Tasa y Tipo de Gravamen.

-Impuesto de Actividades Económicas el mínimo.

Tasas:

-Tramitación de Licencias Urbanísticas: Tasa fija de 30 euros por la tramitación de los Expedientes de Licencias.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO Y EVACUACIÓN DE AGUAS EN EL VALLE DE ATEZ

Tarifas

Artículo 6. Las tarifas por la prestación del servicio se girarán por los siguientes conceptos:

1. Cuota por Abastecimiento de Aguas:

A.-Respecto a las viviendas e instalaciones que cuenten con contador se cobrará según el consumo anual a razón de 0,35 euros el m³consumido.

B.-Respecto a las viviendas e instalaciones sin contador: 100,00 euros por año.

C.-Importe del consumo mínimo: 100,00 euros al año.

D.-Alquiler de contador, en su caso: 10,00 euros por año.

2. Cuota por Saneamiento:

Se repercutirá a los usuarios el importe del Canon de Saneamiento que la empresa pública NILSA gira anualmente al Ayuntamiento. Dicha repercusión se realizará de acuerdo los siguientes aspectos:

A.-Si la vivienda o instalación cuenta con contador de aguas se girará de acuerdo con los parámetros indicados por la empresa NILSA y referentes al consumo.

B.-Si la vivienda o instalación no cuenta con contador de aguas se girará de acuerdo con los parámetros indicados por la empresa NILSA y referentes al procedimiento o sistema de estimación por ratios.

3. Tasa por acometida o instalación de nuevo enganche: 300,00 euros.

A todas estas cantidades se les aplicará el 8% de IVA.

Precio público por el aprovechamiento de lote leña de hogares: 50 euros por cada lote.

La vigencia de esta modificación se establece para el ejercicio impositivo 2012, más continuará para los ejercicios sucesivos en el supuesto de que el Ayuntamiento no proceda a posteriores modificaciones, incrementándose en tal caso con el IPC las tarifas expuestas.

Lo que se hace publico, para general conocimiento y demás efectos pertinentes, significando que contra dichos acuerdos se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo que corresponda en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, o previamente y con carácter potestativo recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación mencionada con anterioridad. Igualmente podrá interponerse con carácter potestativo y previo a cualquier otro recurso, recurso de reposición ante el órgano que dicta el presente acto, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Erice de Atez, 23 de enero de 2012.-El Alcalde, Francisco Javier Nuin Ibero.

Código del anuncio: L1201220