Aprobación definitiva de la modificación puntual Nº 5 del Plan General municipal, Zonas de ordenación 1, 2, 3 y 4 de Anguiano

Ficha de esta disposición

Título:
Aprobación definitiva de la modificación puntual Nº 5 del Plan General municipal, Zonas de ordenación 1, 2, 3 y 4 de Anguiano
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOR 153
Fecha Disposición:
26/11/2008
Fecha Publicación:
26/11/2008
Órgano Emisor:
CONSEJERIA DE TURISMO Y MEDIO AMBIENTE
El Pleno de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, en sesión celebrada el día 3 de noviembre de 2008, acordó aprobar definitivamente la modificación puntual Nº 5 del Plan General municipal, Zonas de ordenación 1, 2, 3 y 4 de Anguiano.

Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 5/2006 de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja con la advertencia de que contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

1. Por el Ayuntamiento o cualesquiera otras Administraciones Públicas, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la presente publicación. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, podrá interponer elrequerimiento previo que allí se cita en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.

2. Por los particulares, recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.

Asimismo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en este mismo Anuncio y mediante Anexo, se procede a publicar la normativa urbanística aprobada.

Logroño a 7 de noviembre de 2008.- El Director General de Política Territorial.- Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Luis García del Valle Manzano.

 
Zona 1

Residencial

Descripción

Núcleo urbano existente

Objetivos

Conservar la imagen urbana posibilitando la aparición de nuevas edificaciones

Tipología

Edificación adosada en manzanas cerradas o abiertas

Usos

Característicos

Residencial (vivienda unifamiliar y colectiva)

Compatibles

Residencial (albergues, residencias, pensiones y hoteles)

Industrial (talleres)

Agropecuario (almacenes agrícolas)

Locales comerciales y oficinas

Dotacional

Espectáculos públicos culturales y deportivos

Establecimientos públicos (restaurantes, cafeterías y bares especiales)

Usos derivados del automóvil (aparcamiento)

Prohibidos

Residencial (campamentos)

Industria en general

Agropecuario (excepto almacenes agrícolas)

Locales comerciales (mercados y grandes superficies)

Establecimientos públicos (discotecas)

Usos derivados del automóvil (estación de servicio)

Además de los indicados, se consideran usos prohibidos todos aquellos no señalados como característicos o compatibles.

Volumen

 
Parcela

Frente mínimo

4,50 m

Superficie máxima

60 m2

Posición

Retranqueos a alineación

No se permiten

Separación a linderos

No se permite

Ocupación y aprovechamiento

Fondo edificable máximo

12 m

Fondo edificable máximo planta baja

No se limita

Ocupación máxima

100%

Edificabilidad

Según fondo y nº de plantas

Forma

Altura máxima

10 m

Altura mínima

7 m

Nº máximo de plantas

B+2

Nº mínimo de plantas

B+1

Vuelos

Fondo máximo

0.60 m (menor que 1/10 anchura calle)

Longitud máxima

1/3 fachada

Aleros

0.75 m

Cubierta

Pendiente máxima

50%

Cubierta plana

No se permite

Estética

- La planta baja deberá revestirse con piedra de la zona.

- Las bajantes en planta baja deberán ser interiores a la fachada

- La cubierta será de teja de color rojo, sin interrupciones en los faldones

- Los vuelos deberán ser abiertos, o miradores totalmente acristalados

- Los huecos de fachada serán de dominante vertical. Los huecos de planta baja deberán corresponder al resto de la fachada, prohibiéndose abrir huecos horizontales que recorran toda la fachada y los huecos en esquina

- Se prohíbe el uso de ladrillo caravista, excepto el de tipo macizo, rustico, aplantillado de 25 a 30 cm de longitud y de 3 a 4 cm de ancho. El uso de este tipo de ladrillo deberá limitarse, en cualquier caso, a recercados de huecos y elementos singulares, con una superficie máxima del 10% de la fachada. Debe utilizarse preferentemente el enfoscado y el revestimiento de piedra de despiece geométrico.

- En caso de fachadas pintadas o con revestimientos continuos, los colores deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento

 
Zona 2

Residencial VPO

Descripción

Parcela de propiedad municipal situada en el barrio de Cuevas, junto a la Plaza del Sol

Objetivos

Permitir la promoción de viviendas colectivas de protección oficial.

Tipología

Edificación en bloque abierto

Usos

Característicos

Residencial (vivienda unifamiliar y colectiva)

Compatibles

Residencial (albergues, residencias, pensiones y hoteles)

Industrial (talleres)

Agropecuario (almacenes agrícolas)

Locales comerciales y oficinas

Dotacional

Espectáculos públicos culturales y deportivos

Establecimientos públicos (restaurantes, cafeterías y bares especiales)

Usos derivados del automóvil (aparcamiento)

Prohibidos

Residencial (campamentos)

Industria en general

Agropecuario (excepto almacenes agrícolas)

Locales comerciales (mercados y grandes superficies)

Establecimientos públicos (discotecas)

Usos derivados del automóvil (estación de servicio)

Además de los indicados, se consideran usos prohibidos todos aquellos no señalados como característicos o compatibles.

Volumen

 
Parcela

Frente mínimo

30 m

Superficie máxima

300 m2

Posición

Retranqueos a alineación

No se permiten

Separación a linderos

Según plano 2.2

Ocupación y aprovechamiento

Fondo edificable máximo

10 m

Fondo edificable máximo planta baja

10 m

Ocupación máxima

Según plano 2.2

Edificabilidad

Según fondo y nº de plantas

Forma

Altura máxima

10 m

Altura mínima

10 m

Nº máximo de plantas

B+2

Nº mínimo de plantas

B+2

Vuelos

Fondo máximo

1 m

Longitud máxima

100% fachada

Aleros

1.20 m

Cubierta

Pendiente máxima

50%

Cubierta plana

No se permite

Estética

- La planta baja deberá revestirse con piedra de la zona.

- Las bajantes en planta baja deberán ser interiores a la fachada

-La cubierta será de teja de color rojo, sin interrupciones en los faldones

- Los vuelos deberán ser abiertos, o miradores totalmente acristalados

- Los huecos de fachada serán de dominante vertical. Los huecos de planta baja deberán corresponder al resto de la fachada, prohibiéndose abrir huecos horizontales que recorran toda la fachada y los huecos en esquina

- Se prohíbe el uso de ladrillo caravista, excepto el de tipo macizo, rustico, aplantillado de 25 a 30 cm de longitud y de 3 a 4 cm de ancho. Debe utilizarse preferentemente el enfoscado y el revestimiento de piedra de despiece geométrico.

- En caso de fachadas pintadas o con revestimientos continuos, los colores deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento.

Otras condiciones

Las plantas alzadas se destinarán en su totalidad al uso de vivienda de protección oficial.

 
Zona 3

Residencial aislada B+1

Descripción

Zonas no consolidadas del entorno del barrio de Mediavilla.

Objetivos

Posibilitar la edificación de viviendas de promoción privada sin ocasionar impactos negativos

en la imagen urbana

Tipología

Edificación aislada

Usos

Característicos

Residencial (vivienda unifamiliar y colectiva)

Compatibles

Residencial (albergues, residencias, pensiones y hoteles)

Industrial (talleres)

Agropecuario (almacenes agrícolas)

Locales comerciales y oficinas

Dotacional

Espectáculos públicos culturales y deportivos

Establecimientos públicos (restaurantes, cafeterías y bares especiales)

Usos derivados del automóvil (aparcamiento)

Prohibidos

Residencial (campamentos)

Industria en general

Agropecuario (excepto almacenes agrícolas)

Locales comerciales (mercados y grandes superficies)

Establecimientos públicos (discotecas)

Usos derivados del automóvil (estación de servicio)

Además de los indicados, se consideran usos prohibidos todos aquellos no señalados como característicos o compatibles.

Volumen

 
Parcela

Frente mínimo

12 m

Superficie máxima

250 m2

Posición

Retranqueos a alineación

5 m

Separación a linderos

3 m

Ocupación y aprovechamiento

Fondo edificable máximo

No se limita

Fondo edificable máximo planta baja

No se limita

Ocupación máxima

100% descontando retranqueos

Edificabilidad

1 m2t/m2s

Forma

Altura máxima

7 m

Altura mínima

3 m

Nº máximo de plantas

B+1

Nº mínimo de plantas

B

Vuelos

Fondo máximo

No se limita

Longitud máxima

No se limita

Aleros

No se limita

Cubierta

Pendiente máxima

50%

Cubierta plana

No se permite

Estética

- La planta baja deberá revestirse con piedra de la zona.

- Las bajantes en planta baja deberán ser interiores a la fachada

- La cubierta será de teja de color rojo, sin interrupciones en los faldones

- Los vuelos deberán ser abiertos, o miradores totalmente acristalados

- Los huecos de fachada serán de dominante vertical. Los huecos de planta baja deberán corresponder al resto de la fachada, prohibiéndose abrir huecos horizontales que recorran toda la fachada y los huecos en esquina

- Se prohíbe el uso de ladrillo caravista, excepto el de tipo macizo, rustico, aplantillado de 25 a 30 cm de longitud y de 3 a 4 cm de ancho. Debe utilizarse preferentemente el enfoscado y el revestimiento de piedra de despiece geométrico.

- En caso de fachadas pintadas o con revestimientos continuos, los colores deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento.

 
Zona 4

Residencial aislada B+2

Descripción

Zonas no consolidadas del entorno de los barrios de Eras y Cuevas.

Objetivos

Posibilitar la edificación de viviendas de promoción privada sin ocasionar impactos negativos

en la imagen urbana

Tipología

Edificación aislada

Usos

Característicos

Residencial (vivienda unifamiliar y colectiva)

Compatibles

Residencial (albergues, residencias, pensiones y hoteles)

Industrial (talleres)

Agropecuario (almacenes agrícolas)

Locales comerciales y oficinas

Dotacional

Espectáculos públicos culturales y deportivos

Establecimientos públicos (restaurantes, cafeterías y bares especiales)

Usos derivados del automóvil (aparcamiento)

Prohibidos

Residencial (campamentos)

Industria en general

Agropecuario (excepto almacenes agrícolas)

Locales comerciales (mercados y grandes superficies)

Establecimientos públicos (discotecas)

Usos derivados del automóvil (estación de servicio)

Además de los indicados, se consideran usos prohibidos todos aquellos no señalados como característicos o compatibles.

Volumen

 
Parcela

Frente mínimo

12 m

Superficie máxima

150 m2

Posición

Retranqueos a alineación

3 m

Separación a linderos

2 m

Ocupación y aprovechamiento

Fondo edificable máximo

No se limita

Fondo edificable máximo planta baja

No se limita

Ocupación máxima

100% descontando retranqueos

Edificabilidad

1,2 m2t/m2s

Forma

Altura máxima

10 m

Altura mínima

6 m

Nº máximo de plantas

B+2

Nº mínimo de plantas

B+1

Vuelos

Fondo máximo

No se limita

Longitud máxima

No se limita

Aleros

No se limita

Cubierta

Pendiente máxima

50%

Cubierta plana

No se permite

Estética

- La planta baja deberá revestirse con piedra de la zona.

- Las bajantes en planta baja deberán ser interiores a la fachada

- La cubierta será de teja de color rojo, sin interrupciones en los faldones

- Los vuelos deberán ser abiertos, o miradores totalmente acristalados

- Los huecos de fachada serán de dominante vertical. Los huecos de planta baja deberán corresponder al resto de la fachada, prohibiéndose abrir huecos horizontales que recorran toda la fachada y los huecos en esquina

- Se prohíbe el uso de ladrillo caravista, excepto el de tipo macizo, rustico, aplantillado de 25 a 30 cm de longitud y de 3 a 4 cm de ancho. Debe utilizarse preferentemente el enfoscado y el revestimiento de piedra de despiece geométrico.

- En caso de fachadas pintadas o con revestimientos continuos, los colores deberán ser aprobados previamente por el Ayuntamiento.