Nº 20: Ordenanza Reguladora del Registro de Uniones de Hecho.
En virtud de los preceptuado por el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases de Régimen Local, se anuncia que dicho acuerdo, con todos los antecedentes, permanecerá expuesto al público en la Secretaría del Ilmo. Ayuntamiento de Cervera del río Alhama por término de treinta días, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, durante cuyo plazo podrán los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, en virtud de lo preceptuado por el artículo 49 c) párrafo segundo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases de Régimen Local.
En Cervera del río Alhama, a 20 de noviembre de 2008.- El Alcalde-Presidente, José Luis Sanz Alonso.
