APROBACIÓN TEXTO MODIFICADO ORDENANZA REGULADORA DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS EN ESPACIOS PÚBLICOS
VISTO el texto modicado de la Ordenanza reguladora de la ejecución de obras en espacios públicos.
RESULTANDO que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2007, aprobó denitivamente la Ordenanza Reguladora de la Ejecución de Obras en Espacios Públicos, cuyo texto íntegro fue publicado en el BOP núm. 66, de 26 de mayo de 2007.
RESULTANDO que en fecha 29 de junio de 2010, la Ingeniera de Caminos, Canales y Puertos redacta texto modificado de la referida ordenanza, motivado por la entrada en vigor de la Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado y la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
RESULTANDO que en concreto, se modican los artículos 2, 5, 9, 13, 24 y 25 y el anexo II; y se suprimen los artículos 6 y 7 y el anexo I.
CONSIDERANDO que el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local dispone que el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: b) Ordenación del tráco de vehículos y personas en las vías urbanas; d) (..) parques y jardines, pavimentación de vías públicas.
CONSIDERANDO lo dispuesto en la legislación aplicable, determinada por las siguientes normas:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del régimen Local (LRBRL)
- Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril (TRRL)
- Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de La Vall dUixó (ROM)
- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF)
El Pleno del Ayuntamiento, previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Desarrollo Sostenible, por unanimidad, ACUERDA:
Primero.- Aprobar inicialmente el Texto Modicado de la Ordenanza reguladora de la ejecución de obras en espacios públicos, obrante en el actuado y debidamente diligenciada por el Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento.
Segundo.- Someter el Texto Modicado de la precitada Ordenanza a información pública mediante publicación del anuncio en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, y dar audiencia a los interesados por un plazo de treinta días para que presenten cuantas reclamaciones o sugerencias estimen oportunas.
Tercero.- Entender elevada a denitiva la aprobación de la referida Ordenanza en el caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia durante el mencionado plazo.
Cuarto.- Contra el presente acuerdo, que pone n a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la noticación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la noticación del mismo.
La Vall dUixó, 17 de agosto de 2010.- La Alcaldesa Accidental, Esperanza Nebot Granero. C-9113-U
