0.70 Expt. 2009/36. Suspensión suministro de agua potable en la calle Marqués de San Nicolás,. 92 bajo 2

Ficha de esta disposición

Título:
0.70 Expt. 2009/36. Suspensión suministro de agua potable en la calle Marqués de San Nicolás,. 92 bajo 2
Nº de Disposición:
2009/36
Boletín Oficial:
BOR 107
Fecha Disposición:
28/08/2009
Fecha Publicación:
28/08/2009
Órgano Emisor:
AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO
Resultando infructuosos los intentos de notificación a José Ramón Marmolejos Díaz, con último domicilio social conocido a efectos de notificación C/Marqués de San Nicolás 92- Bj 2, de Logroño, se procede a la notificación de acuerdo con lo provisto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, a través de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Logroño, del acuerdo de Junta de Gobierno Local de 12/08/2009, que se transcribe a continuación.:

La Junta de Gobierno Local, en uso de las atribuciones legalmente conferidas, y teniendo en cuenta:

1. El Acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en sesión celebrada el día 24 de JUNIO de 2009 por el que se incoaba expediente en orden a la suspensión del suministro del agua por impago de las facturaciones dentro de plazo, en el local sito en la calle Marqués de San Nicolás 92- Bj 2 y se advertía a su titular José Ramón Mamolejos Díaz, con NIF X-1.509.143K, de que, en caso de no proceder en el plazo de diez días a la satisfacción de la deuda, con los recargos, intereses, costas y nuevos documentos cobratorios, se resolvería el expediente acordando la suspensión.

2. Que habiendo intentado la notificación en el último domicilio del interesado, en calle Marqués de San Nicolás 92Bj 2, se procedió a la publicación de edicto en el Boletín Oficial de La Rioja nº88, de fecha 17 de julio de 2009, y en el Tablón de Edictos de la Corporación, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. El transcurso del plazo de diez días señalado en el citado Acuerdo sin haber satisfecho la deuda y sin haber presentado alegaciones, pruebas o documentos en su defensa.

4. El artículo 38 de la actual Ordenanza Reguladora del Servicio de Aguas en la ciudad de Logroño de 8 de julio de 2002, en el que se recogen las causas de suspensión del suministro de agua, entre las que se cita el impago de las facturaciones dentro de plazo establecido al efecto.

5. El artículo 40 de la misma Ordenanza, en la que se regula el procedimiento para la suspensión del suministro de agua.

6. La Propuesta de Acuerdo formulada al efecto por la TAG de Coordinación de Áreas Técnicas.

Adopta los siguientes Acuerdos:

1. Acordar la suspensión del suministro de agua en el local sito en calle Marqués de San Nicolás 92- Bj 2, cuyo abonado es José Ramón Mamolejos Díaz, con NIF X-1.509.143-K, debido al impago de las facturaciones correspondientes a la Tasa de Aguas dentro de plazo, tal y como habilita el Art. 38 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Aguas.

La Suspensión será realizada en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la recepción del presente Acuerdo.

La Entidad Suministradora de agua potable es el Ayuntamiento de Logroño, sito en la Avenida de la Paz, número 11, con teléfono 941-277000, y cuyas dependencias se encuentran abiertas al público de lunes a viernes en horario de 9 a 14h.

2. Advertir al interesado de que el restablecimiento del servicio se efectuará de forma inmediata a la subsanación de las causas que motivaron la suspensión.

3. Ordenar al Servicio de Aguas la realización de las actuaciones pertinentes para proceder a la suspensión del suministro de agua en el local referido, en el plazo arriba indicado.

Logroño 24 de agosto de 2009.- El Alcalde

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