Padrón de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basura y Residuos Sólidos correspondiente al sexto bimestre (noviembre-diciembre) del ejercicio de 2009

Mis Leyes

Ficha de esta disposición

Título :
Padrón de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basura y Residuos Sólidos correspondiente al sexto bimestre (noviembre-diciembre) del ejercicio de 2009
Nº de Disposición :
0
Boletín Oficial :
BOP-TENERIFE 13
Fecha Disposición :
20/01/2010
Fecha Publicación :
20/01/2010
Órgano Emisor :
LA GUANCHA
Por resolución de la Alcaldía de la fecha, se ha aprobado el Padrón de la Tasa por recogida domiciliaria de basura y residuos sólidos, correspondiente al sexto bimestre (noviembre-diciembre) del ejercicio de 2009.

Dicho padrón estará expuesto al público en el Departamento de Rentas y Recaudación de este Ayuntamiento, por un período de 8 días, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, donde podrán examinarlo las personas que se consideren afectadas.

De conformidad con el artículo 14.2.C, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán formular en el plazo de 1 mes, a contar del día siguiente a la referida publicación, el recurso de reposición a que se refiere el artículo 108, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, previa al Contencioso-Administrativo, o cualquier otro que estimen procedente.

El período voluntario de cobranza de los recibos del padrón referido comenzará el día 1 de febrero y finalizará el 1 de marzo de 2010, a partir de cuya fecha y por imperativo legal se aplicará el recargo del período ejecutivo correspondiente y, en su caso, comienza el devengo del interés de demora y las costas que se produzcan.

Para facilitar a los contribuyentes afectados el pago de sus deudas tributarias les serán enviados a su domicilio fiscal comunicaciones individualizadas en las que se especifican el importe y referencias de las mismas.

Lugar de pago: Oficinas de Cajacanarias habilitadas para el cobro de recibos.

Modalidades de pago:

a) En las oficinas de Cajacanarias habilitadas: para lo que los contribuyentes habrán de aportar necesariamente todos los ejemplares de la comunicación que recibirán en su domicilio, o en su defecto, los que recojan en la Oficina Municipal de Recaudación.

b) A través de la red de cajeros automáticos de Cajacanarias, siguiendo las instrucciones que en los mismos se detallan.

Horario de pago: el establecido por cada Oficina de Cajacanarias habilitadas, e ininterrumpidamente a través de los cajeros automáticos.

Aviso importante: los contribuyentes que, por cualquier circunstancia, no reciban la comunicación en su domicilio, están asimismo obligados a pagar sus débitos durante el plazo voluntario de cobranza anteriormente establecidos. En tal supuesto, deberán reclamar las comunicaciones individualizadas en la Oficina de Recaudación situada en las dependencias de este Ayuntamiento.

La Guancha, a 11 de enero de 2010.

La Alcaldesa-Presidenta, María Elena Luis Domínguez.

7366305.pdf