BASES
Primera. - Objeto de la convocatoria.
1. - Se convocan tres becas para la realización de prácticas en la Biblioteca de Investigadores de la Provincia de Guadalajara.
2. - El objetivo de estas becas es complementar la formación recibida en los ciclos universitarios en materias bibliotecarias en su sentido más amplio y aplicar un proceso formativo en la labor cotidiana de dicho centro bibliotecario.
Segunda. - Destinatarios.
1. - Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser diplomado o licenciado universitario
b) Poseer una formación básica en las técnicas de biblioteconomía que permitan su aplicación práctica a la biblioteca, como culminación del proceso formativo.
Tercera. - Dotación y características de las becas.
1. - La dotación de cada una de las becas será de 2.050 euros.
2. - Los becarios desarrollaran las prácticas durante tres meses, según la programación realizada por los responsables de la Biblioteca de Investigadores una vez concluido el proceso de selección.
3. - La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad única y primordial; ni dará lugar a la inclusión en la Seguridad Social, si bien la Diputación Provincial contratará la cobertura de un Seguro de Accidentes para los Becarios.
Cuarta. - Solicitudes y documentación.
1. - Las solicitudes, se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial ( Plaza de Moreno s/n. 19001 Guadalajara ) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. - La solicitud se acompañará de una fotocopia compulsada de D. N. I. , de la titulación académica y curriculum vitae en el que se harán constar los datos a que hace referencia la base 5.2, conteniendo así mismo fotocopia compulsada de la documentación invocada.
3. - El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara .
Quinta. - Selección de los becarios.
1. - Para la selección de los becarios se constituirá una Comisión de Valoración integrada por el Presidente de la Corporación o Diputado en quien delegue, la Secretaria de la Corporación o funcionario en quien delegue, un representante de cada grupo político de la Corporación y tres técnicos de la Sección de Archivos y Bibliotecas de la Diputación Provincial.
2. - La Comisión de Valoración seleccionará a los becarios conforme al siguiente baremo:
2.1. TITULACIÓN ACADÉMICA
2.1.1. - Diplomado Universitario 2 puntos
2.1.2. - Diplomado Universitario en Biblioteconomía y Documentación 3 puntos
2.1.3. - Licenciado Universitario 3 puntos.
2.1.4. - Licenciado en Biblioteconomía y documentación 4 puntos.
La puntuación máxima a computar por Titulación Académica será de 8 puntos.
2.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
2.2.1- Cursos de Biblioteconomía y documentación de hasta 100 horas, 0,25 puntos por curso.
2.2.2. - Cursos de Biblioteconomía y documentación de más de 100 horas, 0,75 puntos por curso.
2.2.3. - Cursos de Ofimática cuyo contenido tenga una aplicación directa en las Bibliotecas o Centros de Documentación( Bases de Datos, etc. ) de más de 20 horas, 0,10 puntos por curso.
La puntuación máxima a computar por Formación complementaria será de 6 puntos.
2.3. EXPERIENCIA PROFESIONAL
2.3.1. - Contratos de trabajo en Bibliotecas y Centros de Documentación, 0,25 puntos por mes.
2.3.2. - Becas en Bibliotecas y Centros de documentación, 0,15 puntos por mes.
No se valorarán en ningún caso los meses de prácticas cuando su realización sea requisito imprescindible para la obtención del título académico.
La puntuación máxima a computar por Experiencia profesional será de 6 puntos.
2.4. - De producirse empate a puntos, éste se resolverá a favor del que tenga mejor puntuación sucesivamente en el apartado de Titulación, luego en el apartado de Formación complementaria y, por último, en el apartado de Experiencia profesional. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.
3. - La Comisión señalada en la base 5.1 elaborará una relación de aspirantes, por orden de puntuación. Esta relación se hará pública en el tablón de anuncios de la Biblioteca de Investigadores de la Diputación Provincial.
Sexta. - Adjudicaciones de la becas.
1. - El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Junta de Gobierno de Diputación Provincial, a propuesta de la Comisión de Valoración.
2. - Los aspirantes que no obtengan beca, quedarán en lista de espera, a los efectos que se indican en la base 6.4.
3. - En base a la relación señalada en la base 5.3 la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial adoptará acuerdo con la lista de adjudicatarios de las becas, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
4. - De producirse alguna renuncia antes del inicio o durante el período de disfrute de las becas, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que tuvieran la mayor puntuación después de los beneficiarios iniciales.
Séptima. - Obligaciones de los becarios.
Es obligación del becario
a) Aceptar la beca por escrito, en plazo máximo de 5 días naturales a partir de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Si no lo hace se entenderá que renuncia a la misma.
b) Desarrollar las tareas que le sean encomendadas por los responsables de la Biblioteca de Investigadores, debiéndose adaptar a las normas de régimen interno, en caso contrario se podrá revocar la beca.
c) Realizar 20 horas semanales de prácticas, en el horario que establezcan los responsables de la Biblioteca de Investigadores.
d) Cumplir las condiciones de la presente convocatoria.
Octava. - Abono de las becas.
1. - El abono de la beca se realizará en un solo pago, una vez comenzado el desarrollo de la actividad.
2. - En caso de producirse alguna renuncia antes del vencimiento de la beca, el becario estará obligado al reintegro de la parte proporcional del periodo restante.
Novena. - Incumplimiento y reintegro de la beca
El incumplimiento de lo establecido en las bases anteriores, facultará a la Diputación Provincial de Guadalajara a solicitar del becario correspondiente el reintegro de las ayudas concedidas.
