Anuncio de notificación Direccion Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social del 16 de febrero de 2009 - 1630385

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de notificación Direccion Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social del 16 de febrero de 2009 - 1630385
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOP-ZARAGOZA 37
Fecha Disposición:
16/02/2009
Fecha Publicación:
16/02/2009
Órgano Emisor:
DIRECCION PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Se comunica a José Raúl Ezquerra Mota, con domicilio en Duquesa de Villahermosa, número 141, 7.º A, 50009 Zaragoza, que, según lo previsto en el Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE del 8), aprobatorio del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, y Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio), regulador del procedimiento de aplicación de dicha Ley, esta Dirección Provincial ha iniciado el expediente sancionador número 13, en base a los siguientes

HECHOS:

1.º Con fecha 4 de noviembre de 2008 solicitó prestación de paternidad (50/2008/16748/82) José Raúl Ezquerra Mota, con documento nacional de identidad número 17.740.025- J, número de la Seguridad Social 50/10047268/81 y domicilio en Duquesa de Villahermosa, número 141, 7.º A, 50009 Zaragoza.

2.º La declaración de dicho solicitante sobre la persona que gestiona directamente el establecimiento mercantil, industrial o de otra naturaleza del que es titular o, en su caso, el cese temporal o definitivo en la actividad durante el percibo de la prestación se presentó en esta Dirección Provincial con fecha 4 de noviembre de 2008, posterior al plazo de quince días a contar desde la fecha de inicio del descanso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. Es competente la Dirección Provincial de Instituto Nacional de la Seguridad Social de Zaragoza, según lo previsto en el artículo 48.4 del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE del 8), y artículos 37 y siguientes del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio), para la apertura, tramitación y resolución del expediente sancionador.

Segundo. Artículo 12, párrafo segundo, del Real Decreto 1273/2003, de 10 de octubre (BOE de 22 de mayo de 2004), en relación con el punto primero 2 a) de la resolución de 4 de febrero de 2004 (BOE del 18), que determinan que el trabajador autónomo solicitante de prestación de paternidad deberá presentar declaración sobre la persona que gestiona directamente el establecimiento mercantil, industrial o de otra naturaleza del que es titular o, en su caso, el cese temporal o definitivo en la actividad durante el percibo de la prestación, en el plazo de quince días siguientes a la fecha del parto o fecha de inicio del descanso.

Tercero. Punto tercero 3 de la resolución de 4 de febrero de 2004, que establece que la falta de presentación de la declaración en el plazo indicado producirá la suspensión en el inicio del pago de la prestación.

Cuarto. Artículo 21.4 del Real Decreto legislativo 5/2004, de 4 de agosto, que califica como infracción leve el no facilitar a las entidades gestoras de la prestación correspondiente los datos, certificaciones y declaraciones que estén obligados a proporcionar en relación con el punto primero 2 a) y tercero 3 de la citada resolución de 4 de febrero de 2004.

Quinto. Artículo 47.1 del Real Decreto legislativo, de 4 de agosto, que establece como sanción para las infracciones leves de los solicitantes de prestaciones de la Seguridad Social la pérdida de la prestación durante el período de un mes.

Sexto. Artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que regula el régimen de abstención y recusación de funcionarios, respecto al funcionario nombrado por esta Dirección Provincial para la instrucción del expediente sancionador.

Por todo ello, esta Dirección Provincial, en uso de las competencias conferidas por el artículo 48.4 del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE del 8), y artículos 37 y siguientes del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio),

RESUELVE:

1.º Iniciar expediente sancionador.

2.º Nombrar como instructora del citado expediente a doña M. Teresa Guadaño Martínez, funcionaria de la Subdirección Provincial de Información Administrativa, Informes de Cotización y Subsidios de esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Zaragoza.

3.º Suspender la prestación de paternidad por el período de 5 a 17 de agosto de 2008.

De conformidad con lo previsto en el artículo 52.2 del Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y artículo 37.4 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, el interesado, José Raúl Ezquerra Mota, podrá formular, por escrito, las alegaciones que a su derecho convengan y aportar cuantos medios de prueba considere pertinentes, así como solicitar el examen de la documentación obrante en el expediente sancionador que se inicia, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la presente notificación, dando así cumplimiento al trámite de audiencia.

En el mismo plazo de quince días señalado podrá formular oposición a la adopción de la medida cautelar de suspensión de la prestación, alegando por escrito lo que estime procedente, conforme a lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Zaragoza, 16 de diciembre de 2008. El director provincial, Joaquín Mur Torres.