Igualmente se le comunica que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, en relación con el art. 48.4 de la Ley 30/1992, dispone de un plazo de 10 días, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, para aceptar la Hoja de Aprecio o rechazarla y, en este último caso, hacer las alegaciones que estime pertinentes empleando los métodos valorativos que juzgue más adecuado para justificar su propia valoración.
Transcurrido el mencionado plazo sin manifestar la conformidad o rechazada la Hoja de Aprecio, se procederá a remitir el expediente a la comisión Territorial de Valoración al objeto de la determinación del justiprecio de los bienes afectados.
Contra este acto, al ser de tramite, no hay recurso administrativo, si bien los interesados podrán alegar su oposición. Ello sin perjuicio de que, en su caso, se pueda ejecutar cualquier otro recurso que se estime pertinente, de conformidad con la Ley 29/1.998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Salamanca a 7 de enero de 2009.- EL SECRETARIO GENERAL Acctal., Ramón García Sánchez.
