Anuncio de notificación Excma. Diputacion Provincial del 16 de enero de 2009 - 1562313

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de notificación Excma. Diputacion Provincial del 16 de enero de 2009 - 1562313
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOP-SALAMANCA 10
Fecha Disposición:
16/01/2009
Fecha Publicación:
16/01/2009
Órgano Emisor:
EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL
Resultando infructuosos los intentos para notificar a Don Elviro Bellido Delgado, en el domicilio que figura en el expediente de expropiación, la Hoja de Aprecio redactada por la Excma. Diputación de Salamanca, referente a la valoración de los bienes de su propiedad, ubicados en el término municipal de Aldearrubia (polígono 503 parcela 4) afectados por la ejecución del proyecto de obra: "Ensanche y mejora del firme del camino N-3 de la zona regable de Babilafuente" se procede, en conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, a comunicarle mediante el presente anuncio que se encuentra a su disposición, en la sede de la Sección de Expropiaciones, Informes y Licencias (Plaza Nueva de San Vicente n°.:1 Salamanca) la citada Hoja, cuyo contenido no se publica en virtud de lo establecido en el art. 61 de la Ley 30/1992; pudiendo el interesado pasar a retirarla, de lunes a viernes desde las 9 a las 14 horas.

Igualmente se le comunica que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, en relación con el art. 48.4 de la Ley 30/1992, dispone de un plazo de 10 días, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, para aceptar la Hoja de Aprecio o rechazarla y, en este último caso, hacer las alegaciones que estime pertinentes empleando los métodos valorativos que juzgue más adecuado para justificar su propia valoración.

Transcurrido el mencionado plazo sin manifestar la conformidad o rechazada la Hoja de Aprecio, se procederá a remitir el expediente a la comisión Territorial de Valoración al objeto de la determinación del justiprecio de los bienes afectados.

Contra este acto, al ser de tramite, no hay recurso administrativo, si bien los interesados podrán alegar su oposición. Ello sin perjuicio de que, en su caso, se pueda ejecutar cualquier otro recurso que se estime pertinente, de conformidad con la Ley 29/1.998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Salamanca a 7 de enero de 2009.- EL SECRETARIO GENERAL Acctal., Ramón García Sánchez.