Anuncio de subasta pública de bienes inmuebles. Expte. 125/08

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Ficha de esta disposición

Título :
Anuncio de subasta pública de bienes inmuebles. Expte. 125/08
Nº de Disposición :
125/08
Boletín Oficial :
BOPA 242
Fecha Disposición :
17/10/2008
Fecha Publicación :
17/10/2008
Órgano Emisor :
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En el expediente administrativo de apremio número 33 02 05 113643 que se instruye en esta Dirección Provincial se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente providencia:

Con esta fecha se autoriza la subasta de bienes inmuebles, propiedad de Álvarez Camporro, Armando, que fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 33/02 de Avilés por deudas a la Seguridad Social; y se decreta la celebración el día 18 de noviembre de 2008 a las 10.00 horas, en la calle Pérez de la Sala, 9, de Oviedo. En su trámite habrán de observarse las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25), modificado en el Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre (BOE de 16), admitiéndose la presentación de ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración.

Los bienes sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de la subasta, son los indicados a continuación:

FINCA UNO

Datos finca:

Descripción: 16,66% de una vivienda de 61,20 m².

Calle: Padre Arintero, 8, bj. izda.

Localidad: Avilés (Asturias).

Código postal: 33400.

Datos Registro:

Registro de la Propiedad: Aviles n.º 2

Tomo: 1311. Libro: 37. Folio: 94. N.º finca: 2785

Descripción registral: Urbana. N.º 3.Piso bajo posterior izquierda desde la calle en el edificio de bajo y dos pisos sito en la travesía de Santa Apolonia, actualmente calle Padre Arintero, 8, en Villalegre, Avilés; que se compone de vestíbulo, comedor-estar, dos dormitorios, cocina y cuarto de aseo; tiene una superficie construida de 80,50 m², y útil 61,20 m², y linda: al frente, con el local comercial bajo izquierda desde la calle, número dos, y caja de escalera; derecha desde la calle, caja de escalera y patio; izquierda desde la calle, con calle particular, y al fondo, de doña Angelina Rodríguez. Tiene en el valor total del inmueble una participación de 13%.

16,6666698455811% del pleno dominio, con carácter privativo.

Cargas:

Hipoteca a favor del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (antiguo Banco Hipotecario de España) inscripción 3.ª de 2/09/1965, ha sido cancelada, s/e de fecha 25/04/2008

Embargo a favor del Principado de Asturias, Servicio de Recaudación, con la letra L de 27/07/2007, por importe de 1.526,77 , s/e de 12/02/2008.

Tipo de subasta: 9.460,53 .

Observaciones: La vivienda está alquilada.

FINCA DOS

Datos finca:

Descripción: 16,66% de un local comercial de 41,60 m².

Calle: Padre Arintero, 8, bj. dcha.

Localidad: Avilés (Asturias).

Código postal: 33400.

Datos registro:

Registro de la Propiedad: Avilés n.º 2

Tomo: 1935. Libro: 211. Folio: 66. N.º finca: 2783-bis

Descripción registral: Urbana. N.º 1.Local comercial bajo derecha desde la calle en la casa, sita en Villalegre, concejo de Avilés, hoy con el n.º 8 de la calle Padre Arintero, de bajo y dos altos en la calle Santa Apolonia, con una cabida de 41,60 m², y que linda, al frente con la Travesía de Santa Apolonia, hoy calle Padre Arintero; derecha desde la calle, Bauñilio Viñuela; izquierda desde la calle, portal y caja de escalera; y al fondo, patio común cubierto con terraza, cuyo cubrimiento no podrá ser variado sin consentimiento de todos los dueños de los pisos y sobre cuya terraza tienen servidumbre de luces y vistas las viviendas. Tiene en el valor total del inmueble una participación de 12%.

16,6666698455811% del pleno dominio con carácter privativo.

Cargas:

Una Hipoteca a favor del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (antiguo Banco Hipotecario de España), inscripción 3.ª de 2/09/1965, cancelada, s/e de fecha 25/04/2008.

Embargo a favor de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, Área de Recaudación, con la letra K de 27/07/2007, por importe de 1.526,77 , s/e de fecha 12/02/2008.

Tipo de subasta: 5.059,83

Observaciones: El local está alquilado y destinado a bar.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social.

Se hace constar expresamente que:

Primero.En cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, éstos podrán liberarse pagando la totalidad de la deuda perseguida, incluidos principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Segundo.El deudor tiene derecho a presentar un tercero que mejore la postura más alta realizada en el acto de la subasta, en los términos dispuestos en el apartado 5 del artículo 120 del Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de su celebración.

En cumplimiento de la providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta convocada lo siguiente:

Primero.Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en la providencia de subasta.

Segundo.Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, el certificado de adjudicación o, en su caso, la escritura pública de venta son títulos mediante los cuales puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha Ley.

Tercero.Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

Cuarto.Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo establecido para la presentación de las mismas. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta, que debe reunir las condiciones establecidas en el artículo 118 del Reglamento General de Recaudación.

Quinto.Se podrán formular posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, durante el cual, se abrirá un plazo de tiempo previo, destinado a la consignación del depósito que no podrá ser inferior al 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, hecho éste, por el que se entenderá ofrecida la postura mínima del 75 por ciento del tipo de subasta. Finalizado este plazo, la Mesa advertirá si se han formulado ofertas previas en sobre cerrado, momento a partir del cual no se admitirán más licitadores. Quienes hubieran presentado previamente posturas en sobre cerrado, no precisarán nuevo depósito para participar en las pujas verbales.

Sexto.Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

Séptimo.El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que del incumplimiento de tal obligación se deriven.

Octavo.El adjudicatario exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Noveno.La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

Décimo.La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo en los términos establecidos en el artículo 121 del Reglamento.

Undécimo.Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

Duodécimo.Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

Decimotercero.En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado y en su modificación.

En Oviedo, a 1 de octubre de 2008.El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva.19.228.