De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de dos de abril y artículo 17.1 del texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente permanecerá expuesto al público y a los interesados a que se refiere el artículo 18 del mencionado Texto legal, para que por plazo de 30 días, pueda ser examinado y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Las reclamaciones serán resueltas por la Corporación y caso de no producirse reclamaciones, el acuerdo provisional de modificación se entenderá definitivamente adoptado.
Confrides, 30 de octubre de 2008. El Alcalde, José Buades LLorca.
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