Anuncio de subasta de bienes inmuebles Ministerio de Trabajo e Inmigracion del 09 de abril de 2009 - 1768562

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de subasta de bienes inmuebles Ministerio de Trabajo e Inmigracion del 09 de abril de 2009 - 1768562
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOIB 52
Fecha Disposición:
09/04/2009
Fecha Publicación:
09/04/2009
Órgano Emisor:
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
Dª MARGARITA TALTAVULL REVIRIEGO, JEFE EN FUNCIONES DE LA UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 07/05 DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA PROVINCIA DE BALEARES.

HAGO SABER: Que en expediente/s administrativo/s de apremio que se instruye/n en esta U. R. E. a mi cargo, contra: 07 05 94 00024842 TADEO BASSA ORFILA Por débitos a la Seguridad Social.

El Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social ha dictado PROVIDENCIA/s decretando la SUBASTA de los Bienes Inmuebles embargados a los deudores arriba mencionados, acordando se celebre el próximo dia 26 DE JUNIO DE 2009 a las 10 horas en LA DIRECCION PROVINCIAL, sita en Palma, RAMBLA DELS DUCS DE PALMA DE MALLORCA, 18; observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B. O. E. Del día 25). Se advierte a las personas que desearen licitar, lo siguiente:

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluído el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha/s providencia/s se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.- Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia/s de subasta.

2.- Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente/s, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de constitución es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199 b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.- Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.- Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta el día hábil anterior a la subasta. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5.- Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.- Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7.- El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituído, dentro de los cinco dias hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.- La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.- Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.- Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituído, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.- Mediante el presente anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido, copropietarios, usufructuarios, acreedores hipotecarios, terceros poseedores que no hayan posido ser notificados.

12.- En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos que origine la transmisión incluídos los de notaría y registro. Respecto al estado de deudas con la comunidad de propietarios, el adjudicatario exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, al amparo del art. 9 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 08/99, de 6 de Abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas con la Comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN DEUDOR: TADEO BASSA ORFILA LOTE Nº: 1 Descripción de la finca: MITAD INDIVISA FINCA URBANA, VIVIENDA EN PLANTA PISO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL SITO EN LA PARCELA CHB DE LA URBANIZACION CALAN PORTER, DEL TERMINO MUNICIPAL DE ALAIOR 07730. TIENE SU ACCESO DESDE LA CALLE A TRAVES DEL JARDIN Y ESCALERA EXTERIOR; COMUNES. MIDE CINCUENTA Y SIETE METROS TREINTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS, INCLUIDA LA TERRAZA CUBIERTA. LINDA AL ESTE, FRENTE, AL SUR Y AL OESTE, CON VUELO DEL JARDIN COMUN; AL NORTE, CON EL DEPARTAMENTO CUATRO. CUOTA, DOCE CENTESIMAS. ES EL ELEMENTO NUMERO DOS DE LA FINCA 5731, FOLIO 98, DE ESTE TOMO, INSCRIPCION 4ª, CONSTITUIDA EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.

CONSTA INSCRITA ESTA MITAD INDIVISA DE FINCA A NOMBRE DE D. TADEO BASSA ORFILA AL TOMO 1625, LIBRO 208, FOLIO 106, FINCA 9142.

Importe de tasación de la finca perteneciente al deudor: 73.304,04 EUROS CARGAS PREFERENTES Y SUBSISTENTES: -HIPOTECA A FAVOR DE UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS S. A, ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITOS POR UN IMPORTE TOTAL DE 60.989,00 A FECHA 7- 10- 08.

-50% DE LA HIPOTECA ANTERIOR QUE GRAVA LA MITAD INDIVISA DE FINCA QUE SE SUBASTA: 30.494,50 EUROS. -EMBARGO A FAVOR DE COMUNIDAD DE PROPIETARIOS VIDAL COURT POR UN IMPORTE DE 1.089,81 EUROS.

Tipo de licitación: 41.719,73 EUROS ADVERTENCIAS: TIPO, DEPOSITOS Y DIFERENCIA ENTRE POSTURAS QUE REGIRAN LA SUBASTA:

TIPO QUE REGIRA LA SUBASTA:. 41.719,73 . 75% DEL TIPO DE SUBASTA.. 31.289,80 . 60% DEL TIPO DE SUBASTA.. 25.031,84 . 25% DEL TIPO DE SUBASTA.. 10.429,93 . DEPOSITOS: 25% SOBRE CERRADO. 10.429,93 .

30% MESA SUBASTA. 12.515,92 . 2% DIFERENCIA ENTRE POSTURAS. 834,39 .

MAO, 26 DE MARZO DE 2009 EL JEFE EN FUNCIONES DE LA URE 07/05 MARGARITA TALTAVULL REVIRIEGO





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