DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DEL MEDIO RURAL
Notificaciones de incoación de expedientes en materia de caza y pesca.
Habiéndose intentado sin efecto la notificación de Propuesta de Resolución de los expedientes sancionadores que se relacionan, se procede a su práctica mediante el presente anuncio, según dispone el art. 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, lo que se hace público para conocimiento de los interesados, a quienes debe servir de notificación individual, haciéndoles saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Departamento y en el plazo de quince días cuanto estimen conveniente en su defensa. Igualmente, se comunica a los interesados que el expediente en cuestión se encuentra a disposición de los mismos en el Servicio de Fauna y Flora Silvestre.
Expediente n.º: 6/17/08.
Nombre y Apellidos: Miguel Aparicio Jiménez.
Normativa infringida: Artículo 3.20 (*). Artículo 3 (**).
Sanción Propuesta: Multa entre 180,31 y 366,62 , así como la prohibición de pescar por un plazo de 1 a 3 años.
Claves de identificación:
(*) Ley 1/1989, de 13 de abril, sobre infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial.
(**) Decreto 216/1997, de 7 de octubre, por el que se regula la licencia depepsca fluvial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Donostia-San Sebastián, 3 de noviembre de 2008.El secretario técnico, Alfonso Acarreta Rodríguez.
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