Aprobado por Resolución de Alcaldía O08/0873 de 29 de octubre de 2008 (conforme al art. 41.18 del ROF), el Padrón correspondiente al 3.º trimestre de 2008 de las Tasas de Alcantarillado y Suministro de Agua que se cobran conjuntamente, se somete a información pública en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 14.1 de la Norma Foral 11/1989, de 5 julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. Asimismo se señala el plazo y forma de recaudación voluntaria que requiere el art. 18 del Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Todo ello conforme a las siguientes reglas:
a) Lugar donde está de manifiesto: En las dependencias de Intervención de Fondos.
b) Plazo para examinarlo: Un mes contado a partir del siguiente día hábil al de la inserción de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
c) Plazo de manifestar la disconformidad: Un mes computado en la forma que se indica en el extremo b), mediante la interposición del preceptivo recurso de reposición.
d) Órgano ante el que se recurre: Alcalde-Presidente.
e) Lugar de presentación de reclamaciones: Registro de Entrada del Ayuntamiento en horas de oficina.
f) Efectos de la interposición del recurso: Los dispuestos en el art. 14.2 de la Norma Foral citada.
g) Plazo de recaudación: En período voluntario, del 29 de octubre de 2008 al 05 de diciembre de 2008.
h) Modo de ingreso: En entidades y cajas de ahorro.
Bien entendido que si en el expresado plazo de recaudación no se hacen efectivas estas deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo y se incrementarán con el recargo de apremio, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Eskoriatza, a 29 de octubre de 2008.El Alcalde, Pedro Lasagabaster Armendariz. (12285)
