Anuncio de citacion a los interesados para ser noticados por comparecencia

Ficha de esta disposición

Título:
Anuncio de citacion a los interesados para ser noticados por comparecencia
Nº de Disposición:
0
Boletín Oficial:
BOP-CASTELLON 16
Fecha Disposición:
06/02/2010
Fecha Publicación:
06/02/2010
Órgano Emisor:
ONDA
No habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a su representante, por causas no imputables a esta Administración y una vez intentado por dos veces, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se cita a los titulares catastrales, mas abajo relacionados, o a sus representantes acreditados, para que comparezcan al objeto de ser noticados de las actuaciones que les afectan en relación con los procedimientos que se indican.



Este documente contiene tablas

7427125_1.pdf El órgano responsable de la tramitación de dicho procedimiento es la Tesoreria de este Ayuntamiento.

Los titulares catastrales, o sus representantes, deberán comparecer para ser noticados en la Tesorería del Ayuntamiento de Onda (Castellón), sito en la C/El Pla, nº 1 2º piso, en el plazo de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Ocial de la Provincia.

Se advierte a los titulares catastrales que si no hubieran comparecido, por si mismos o a través de sus representantes, en el plazo señalado, la noticación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al de vencimiento de dicho plazo.

Además, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en cualquier momento del mismo. No obstante las liquidaciones que se dicten en el procedimiento y los acuerdos de enajenación de los bienes embargados, deberán ser noticados con arreglo a lo establecido en la sección 3ª del Capítulo II del Título III, de la Ley 58/2003, 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados, puede interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su recepción. No obstante, si el valor catastral del inmueble es superior a 1.800.000 Euros, dicha reclamación puede interponerse directamente ante el Tribunal Económico-Administrativo Central.

Con carácter potestativo y previo a dicha reclamación económico administrativa, puede interponerse recurso de reposición ante la propia Gerencia/Subgerencia del Catastro y en el mismo plazo, no siendo posible la interposición simultánea de ambos recursos.

La reclamación económico administrativa o el recurso de reposición indicados deberán dirigirse en todo caso a la Gerencia/Sugerencia del Catastro que dictó el acto impugnado.

Onda, 1 de febrero de 2010.El alcalde, Enrique Navarro Andreu. C-1121-U

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